Luis
Alberto Buttó
A partir de 1999, el pretorianismo se revistió con
bases legales en Venezuela. En otras palabras, desde esa fecha, se legalizó la
intervención militar en política. Ello ocurrió al borrarse los impedimentos
formales y sustanciales establecidos en épocas anteriores para que dicha
injerencia pudiera manifestarse y al dictarse emergentes textos legales que
consagraron tal participación. La combinación de lo dispuesto en las normas
jurídicas traídas a colación en este ensayo trocó a los integrantes del
estamento castrense en actores políticos lícitamente reconocidos. Así las
cosas, la legalización del pretorianismo abrió las compuertas para la autonomía
de acción en materia política de los numerarios de la fuerza armada nacional,
resquebrajando con ello el control civil democrático, elemento imprescindible
para el sostenimiento de la democracia liberal representativa. En este
contexto, aspectos cruciales de dicho control pasaron a ser competencia directa
y exclusiva de la organización castrense; verbigracia, el proceso relativo a
los ascensos militares, la formulación de la doctrina militar estratégica y la
compra y uso de armamento, amén de los otros detallados en estas páginas.
Al propiciar el diseño e implementación del marco
legal validador de la condición política de los militares venezolanos, la
autodenominada revolución bolivariana blindó el derecho de aquéllos a
escenificar las conductas correspondientes y facultó a la organización armada,
más concretamente a sus órganos directivos, a devenir en factor crítico en
última instancia determinante a los fines de garantizar la supervivencia en el
tiempo del modelo de acumulación y desarrollo y del proyecto político
históricamente asumido como pertinente por la élite dominante en Venezuela a partir
de 1999.