El Foro por la Vida, junto a otras organizaciones de derechos humanos que abajo suscriben, expresan su más profundo rechazo ante la desaparición y presunta masacre de 28 trabajadores mineros el pasado 4 de marzo en la población de Tumeremo, en el estado Bolívar
jueves, 17 de marzo de 2016
Foro por la Vida señala responsabilidades del Estado y exige respuestas por caso Tumeremo
El Foro por la Vida, junto a otras organizaciones de derechos humanos que abajo suscriben, expresan su más profundo rechazo ante la desaparición y presunta masacre de 28 trabajadores mineros el pasado 4 de marzo en la población de Tumeremo, en el estado Bolívar
domingo, 28 de junio de 2015
viernes, 30 de enero de 2015
Foro por la Vida: Armada, Ejercito y Aviación no pueden actuar en control del orden público
La coalición de organizaciones de derechos humanos venezolanas, integrantes del Foro por la Vida, rechazan la Resolución del Ministerio del Poder Popular para la Defensa en la cual se pretende legitimar la presencia de las Fuerzas Armadas para el control del orden público en las manifestaciones. Esta medida viola la Constitución nacional en sus artículos 68, 329 y 332 y se aparta del estándar internacional que señala que sólo los cuerpos policiales deben ser los responsables del control del orden interno; además, se dicta en un contexto de amplia represión por parte de efectivos de las Fuerzas Armadas en las manifestaciones públicas recientes.
El 27 de enero de 2015 se publicó en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 40.589, la Resolución No. 008610 del 23 de enero de 2015, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa, General en Jefe Vladimir Padrino López. Estas normas tienen como propósito regular la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana para garantizar el orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones.
Los cuerpos militares no son los organismos adecuados para el control del orden interno
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha reiterado en varias oportunidades, que el control del orden interno debe ser competencia exclusiva de los cuerpos policiales y las Fuerzas Armadas deben de abstenerse de participar en ello. Las Fuerzas Armadas fueron creadas y entrenadas para derrotar a enemigos en combate, no para la protección y control de civiles. Por lo tanto, la participación militar en manifestaciones públicas podría ocasionar la violación de derechos humanos en contra de la población civil, principios que además han sido reseñados en la sentencia contra Venezuela emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de El Caracazo.
En consecuencia, esta Norma toma una dirección contraria a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y contra los estándares internacionales de derechos humanos porque permite la participación de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno.
jueves, 16 de octubre de 2014
Foro por la Vida rechaza la militarización del Estado y la sociedad
martes, 25 de marzo de 2014
El caso de Carlos Genatios: judicialización criminal de la libertad de expresión
Un caso grave de judicialización criminal de la libertad de expresión es el proceso iniciado contra el articulista Carlos Genatios por la publicación, el 17 de enero de 2014, del articulo “Patria, socialismo o muerte” [Ver en http://periodicoellibertario.blogspot.com/2014/01/opinion-patria-y-muerte.html]. Esta demanda la realiza el presidente de la Asamblea Nacional y capitán del ejército bolivariano, Diosdado Cabello, por una frase que el artículo le atribuye: “Si no les gusta la inseguridad, váyanse”.
La acusación penal privada por una presunta difamación agravada fue introducida el 24 de enero de 2014, contra Carlos Genatios y la directiva de Tal Cual [donde se publicó originalmente el artículo]: Juan Golia, Teodoro Petkoff, Francisco Layrisse, y Manuel Puyana. El 6 de marzo de 2014, el Juzgado Vigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas admitió el caso e impuso medidas cautelares contra los acusados, que consisten en la presentación periódica en el tribunal cada 8 días y la prohibición de salir del país sin autorización.
La juez Bárbara Gabriela César Siero admitió la demanda y accedió a todas las peticiones del demandante. Si el proceso judicial favorece a Diosdado Cabello, podría incluir penas de prisión de 2 a cuatro años y sanciones económicas que pueden alcanzar hasta los 635.000 bolívares que equivalen a US$ 100.793.
lunes, 24 de febrero de 2014
Organizaciones sociales y de DDHH de Venezuela difunden acción urgente ante situación del país (Español and English Versióo)
Los hechos ocurridos en Venezuela muestran el deterioro de la institucionalidad pública para efectivamente arbitrar en las diversidad de posiciones políticas que existen en Venezuela. Frente a esta situación es muy importante que diversos sectores de la comunidad nacional e internacional reaccionen para cuestionar las violaciones a los derechos humanos, reclamen la acción para una investigación independiente, pidan el cese a la represión y promuevan un diálogo genuino
Estudiantes y otros sectores sociales de la sociedad venezolana han convocado y realizado movilizaciones de manera pacífica, a lo largo de este mes de febrero. De manera sistemática funcionarios públicos de alto rango han descalificado estas movilizaciones y demonizado a los sectores que participaron en ellas.
Los discursos descalificatorios se realizan frecuentemente en el Sistema Nacional de Medios Públicos o en cadenas obligatorias de radio y televisión. Para ello se recurre a la sobreexposión de hechos de vandalismo y cierre de calles que han realizado una minoría de los manifestantes, y que han sido rechazados por los convocantes y amplios sectores de la sociedad venezolana. De ese modo se descalifica a la totalidad de los participantes y convocantes de manifestaciones pacíficas porque algunos participantes realizan actos violentos, que sirven de pretendida justificación a las autoridades para una respuesta represiva generalizada.
miércoles, 19 de febrero de 2014
Lea los informes de las ONGs DDHH a la ONU sobre torturas y malos tratos en Vzla
Entre los próximos 28 de abril al 23 de mayo de 2014 se estará realizando la 52ava sesión del Comité contra la Tortura del Alto Comisionado de Naciones Unidas donde se evaluará el cumplimiento de los Estados de la Convención contra la Tortura y otros tratos inhumanos, crueles y degradantes.
El Estado venezolano y sus instituciones han presentado su informe, y tres organizaciones de derechos humanos (El Foro por la Vida, Cofavic y el Observatorio Venezolano de Prisiones) también lo han hecho, para que sea evaluado el país en tanto las garantías y violaciones al derecho a la integridad hasta diciembre 2013.
A continuación, los tres informes para su descarga (PDF):
:: Foro por la Vida: https://www.mediafire.com/?nt8lcd1og1o0aan
:: Observatorio Venezolano de Prisiones: https://www.mediafire.com/?fuw6ymcl82ahf8l
:: Cofavic: http://www.mediafire.com/download/b58id6u2p9ay4o5/cofavic_tort.pdf
sábado, 15 de febrero de 2014
Foro por la Vida exige a funcionarios del Estado y dirigentes políticos enfrentar crisis con pleno respeto a la Constitución
viernes, 6 de diciembre de 2013
Foro por la Vida expresa su solidaridad con la ONG ecuatoriana Fundación Pachamama
Justicia y Paz Los Teques
martes, 16 de abril de 2013
Pronunciamiento del Foro por la Vida ante hechos relacionados con las elecciones del 14 de abril
viernes, 27 de enero de 2012
Foro por la Vida rechaza criminalización de la protesta contra comunidades indígenas por defender sus derechos
(Caracas 27.01.12)
jueves, 23 de junio de 2011
Foro por la Vida responsabiliza al ministro Tarek El Aissami de cualquier ataque contra la integridad física de Humberto Prado y su familia
(Caracas, 23.06.11) La coalición venezolana de organizaciones de derechos humanos, Foro por la Vida, se dirige a la opinión pública, a las organizaciones sociales y populares del país así como a los grupos y redes de derechos humanos internacionales para responsabilizar al ministro venezolano del Poder Popular Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, Tareck El Aissami, por cualquier acto violatorio contra la vida e integridad del defensor de derechos humanos Humberto Prado, sus familiares o los integrantes de su organización, el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP).
1.-Tras los hechos suscitados en el Centro Penitenciario de El Rodeo, el 12.06.11, en el que según las cifras oficiales fueron asesinados, tras una pelea entre privados de libertad, la cantidad de 21 internos y 1 visitante, declaraciones emitidas por el ministro El Aissami en un programa de la estatal Venezolana de Televisión (VTV), el 18.06.11, han reiniciado una campaña de hostigamiento y amenazas contra el director del OVP. Según reseñó el periódico Correo del Orinoco “Durante un contacto telefónico con el programa La Hojilla transmitido por VTV, El Aissami denunció que Humberto Prado, coordinador de la ONG Observatorio Venezolano de Prisiones, ha mentido descaradamente sobre la situación que se vive en El Rodeo II y recordó que éste fue cómplice de la masacre a internos durante los gobiernos de la IV República”.
lunes, 30 de mayo de 2011
Convocatoria. Acompañando a Elena de Brito a la Fiscalía
Foro por la Vida invita a acompañar a Elena Brito, viuda de Franklin Brito, a exigir justicia en la Fiscalía El próximo martes 31 de mayo, a las 11 de la mañana Elena de Brito, viuda del fallecido productor agropecuario Franklin Brito, se dirigirá a la Dirección de Derechos Fundamentales de la Fiscalía General de la República, ubicada en Parque Carabobo en Caracas, a exigir que el fallecimiento de su esposo sea objeto de una investigación por parte del Ministerio Público.
Como se recordará la muerte de Brito ocurrió bajo la custodia del Estado a partir de su detención arbitraria y de la retención contra su voluntad en el Hospital Militar, a pesar que había estado ejerciendo su derecho a la manifestación pacífica por medio de una huelga de hambre frente a la sede de la OEA en Caracas. Franklin fue llevado al Hospital Militar mediante una acción de amparo introducida por fiscales, otorgada por un Juez Penal. De esta manera fue mantenido luego durante 8 meses en el Hospital Militar, contra su voluntad, con el supuesto objeto de preservar su salud y su vida y, sin embargo, allí falleció el 30 de agosto. En este sentido, la familia de Franklin desea que se investigue lo ocurrido, se determine la responsabilidad de los distintos funcionarios en los hechos que llevaron a la muerte de Franklin estando bajo la custodia del Estado, y se apliquen las sanciones que correspondan. Elena de Brito se encuentra asesorada por los abogados Alberto Arteaga y Carlos Ayala, con el acompañamiento de las organizaciones Cofavic y Acción Solidaria.
El Foro por la Vida invita a las diferentes organizaciones de derechos humanos, organizaciones populares y activistas sociales de todos los sectores, a acompañar a la familia Brito en su exigencia de justicia y cese a la impunidad, en uno de los precedentes graves de violación del derecho a la manifestación y a la vida ocurridos en el país en los últimos años.
Lugar: Sede de la Fiscalía General de la República, Parque Carabobo
Día: Martes 31 de mayo 2011
Hora: 11 de la mañana
martes, 1 de marzo de 2011
Foro por la Vida: Condena a sindicalista Rubén González pretende intimidar liderazgo sindical alternativo, criminalizando la protesta y el derecho a las manifestaciones públicas
El gobierno desatendió la recomendación del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que exhortó al gobierno no solo a declarar su inmediata liberación sino a indemnizarlo por daños y perjuicios causados. Rubén dignifica la condición de dirigente sindical comprometido con los trabajadores: Al escuchar la sentencia respondió “Estaré preso, no importa, así está la justicia en nuestro país. Pero hice lo que tenía que hacer”. Está tras las rejas por reivindicar el derecho a exigir derechos.
Datos recopilados por las organizaciones de derechos humanos reflejan un amplio descontento en el sector laboral del país. De las 3315 protestas que se produjeron en 2010 más de 30% fueron protestas laborales. Además, existen más de 2500 personas sometidas a regímenes de presentación en tribunales por haber ejercido su derecho a la manifestación pacífica. El gobierno conoce que el estado Bolívar, y particularmente Guayana, viven una situación de alta conflictividad social producto de irregulares condiciones laborales, estancamiento e incumplimiento de la contratación colectiva e ineficiencia en la gerencia de las empresas. Por ello la sentencia contra el dirigente gremial no puede analizarse sin el contexto que la genera: La necesidad de una medida ejemplarizante para intimidar la exigencia de derechos laborales.
La condena a Rubén González es una clara demostración que el gobierno le teme al protagonismo popular que interpela a los poderes públicos. Le teme al surgimiento de un movimiento sindical clasista que imponga una agenda social de lucha por mejorar las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores.
El artículo 97 de la CRBV garantiza a los trabajadores y trabajadoras el derecho a la huelga, por lo que la sentencia que condena a Rubén González es claramente inconstitucional y tiene como objetivo coartar la libertad sindical y criminalizar el legítimo derecho la a protesta.
Pese a la criminalización de la protesta reivindicamos el derecho a exigir derechos. Defendamos las condiciones democráticas que permitan la defensa de los derechos que nos garantizar la Constitución y los convenios internacionales de derechos humanos.
En consecuencia, exhortamos al sistema de administración de justicia, especialmente el tribunal de alzada que conocerá del caso en apelación, a respetar las garantías del debido proceso y dictar una sentencia apegada a la Constitución en garantía del derecho a la huelga de los trabajadores.
Exhortamos a la Defensoría del Pueblo a que haga uso de las atribuciones que le confiere la Constitución y la Ley y se pronuncie sobre la actuación de la Fiscalía y los Tribunales en el caso.
Exigimos el cese de la criminalización de la protesta en el país, donde el uso del sistema penal se ha convertido en un mecanismo para intentar silencio las denuncias y reclamos de la sociedad.
Vocería Foro por la Vida
PROVEA- Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos
Espacio Público
Justicia y Paz Nacional
lunes, 20 de diciembre de 2010
Foro por la Vida y Sinergia: Ley Habilitante coloca en serio riesgo los Derechos Humanos
El Foro por la Vida, Coalición de Organizaciones de Derechos Humanos, Sinergia, Asociación Venezolana de Organizaciones de Sociedad Civil y otras organizaciones de la sociedad civil venezolana que suscribimos este comunicado, nos dirigimos a la opinión pública a fin de presentar formalmente nuestra posición sobre la aprobación de la Ley Habilitante y de otros instrumentos legislativos que afectan gravemente la vigencia del Estado de Derecho y la plena vigencia de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela.
La ley habilitante coloca en serio riesgo los derechos humanos, los cuales deben ser respetados y garantizados por el Estado, tal como lo exigen la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos. El poder legislativo es el que está constitucionalmente llamado a regular esos derechos, porque ofrece condiciones de pluralismo y deliberación democráticos que el Poder Ejecutivo no puede reunir. La ley habilitante abre las puertas a la limitación por decreto ley de derechos humanos en distintos ámbitos. El abanico de posibilidades de regulación presidencial comprende la normativa sobre la actuación de entidades públicas o privadas ante calamidades o catástrofes naturales, pasando por la referida a sectores diversos de actividad económica y al régimen de las tierras urbanas o rurales, y llega a sobrepasar los umbrales del derecho penal.
Ello se hace palmario en la habilitación legal relativa a la identificación ciudadana y al control migratorio, que puede traducirse en el establecimiento de autorizaciones y obligaciones para el almacenamiento o entrega de información que repercutan negativamente en el libre desenvolvimiento del ser humano. La ley procede incluso a conferir poderes normativos indeterminados para la tipificación de delitos, menoscabando el ámbito más sagrado de la reserva legal. La alusión a las telecomunicaciones y a las tecnologías de la información es igualmente inquietante, ya que puede conducir a la imposición de restricciones a la libertad de expresión e información. De manera velada la ley pretende adicionalmente facultar al Presidente para dictar normas en materia de cooperación internacional que eventualmente sometan a las organizaciones no gubernamentales a lineamientos y controles abusivos del Poder Ejecutivo.
Cualquier regulación legislativa que pretenda imponerse sobre el marco de actuación de las ONG deberá cumplir con el contenido y los límites establecidos tanto en la Constitución como en los instrumentos internacionales de derechos humanos suscrito por el Estado Venezolano.
Organizaciones firmantes:








