Keymer Ávila
Desde hace varias semanas desde diversos sectores me han consultado sobre las proporciones de funcionarios policiales que tienen antecedentes penales, los procesos de reclutamiento y selección vigentes, la base normativa que rige estos procesos, así como la procedencia de estos cada vez más numerosos funcionarios, destacando especial interés las Faes. A continuación intentaré exponer algunos elementos que considero fundamentales para abordar estos asuntos, que trascienden a la casuística y a cualquier lectura coyuntural.
Desde hace varias semanas desde diversos sectores me han consultado sobre las proporciones de funcionarios policiales que tienen antecedentes penales, los procesos de reclutamiento y selección vigentes, la base normativa que rige estos procesos, así como la procedencia de estos cada vez más numerosos funcionarios, destacando especial interés las Faes. A continuación intentaré exponer algunos elementos que considero fundamentales para abordar estos asuntos, que trascienden a la casuística y a cualquier lectura coyuntural.
Para este análisis se tienen como punto de partida dos problemas transversales que padecemos en el país en materia policial, el primero es el llamado “reciclaje de funcionarios”, el segundo es la “hipertrofia policial”.
El reciclaje de funcionarios policiales es la incorporación de los destituidos de un cuerpo policial por otro cuerpo de seguridad. Este es un problema de vieja data que debe abordarse dentro de cada institución policial y formar parte de sus manuales internos de procedimiento para el ingreso, carrera y ascensos. Desde el punto de vista normativo estas normas son propias de Reglamentos de Ley o Resoluciones vinculadas con Estatutos de Personal, todas de carácter sub-legal. En todo caso, la Ley del Estatuto de la Función Policial exige la existencia de un registro de desincorporación de funcionarios destituidos en su artículo 106, en concordancia con sus artículos 22 (que se refiere al Registro Público Nacional de Funcionarios Policiales) y 33 (que ordena tener el historial personal de los funcionarios). Estos últimos artículos constituyen la base legal de una Resolución Ministerial especial vigente que regula esta materia. En lo normativo esto está cubierto, el problema es ejecutar efectivamente estos mandatos.
Los cuerpos de seguridad en general se caracterizan por su hermetismo y por la no rendición de cuentas sobre estos asuntos. Con el proceso de reforma policial que se dio entre 2006 y 2014 hubo un poco de apertura, pero todo eso se ha revertido. Actualmente es difícil saber con precisión el número actual de funcionarios de los cuerpos de seguridad, así como su procedencia, más allá que tradicionalmente vienen de los sectores más carenciados de la sociedad. De los datos que se han podido recabar durante los últimos años, se puede afirmar que los cuerpos de seguridad en el país han tenido una hipertrofia acelerada en Venezuela y las Faes son una clara expresión de este fenómeno.
La hipertrofia policial es el crecimiento acelerado y desmedido de estas instituciones. Todo proceso de masificación en la prestación de un servicio debe tener un ritmo racional, que debe ser evaluado técnica y permanentemente para asegurar la calidad y evitar que el pretendido remedio sea peor que la enfermedad. A partir de los procesos llevados a cabo por el proceso de reforma policial de 2006, el número de las policías, en los tres niveles político territoriales, se ha incrementado considerablemente. Los estándares internacionales de tasa de encuadramiento policial sugieren un promedio que va entre los 300 y 400 funcionarios por cada 100 mil habitantes, Venezuela ya desde esa fecha se encontraba muy por encima de este promedio: 429 policías por cien mil habitantes.
Así, se pasó de un total de 114.463 funcionarios policiales en 2006 a más de 175.000 para inicios de 2017. Esto significa que el pie de fuerza policial ha tenido un crecimiento aproximado de 53% en ese lapso, incrementándose la tasa de encuadramiento policial 128 puntos más, para llegar a 557 policías por cien mil habitantes, 207 puntos por encima del estándar internacional. En 2006 existían 123 policías uniformadas estadales y municipales, para 2015 ese número había ascendido a 147 (incremento del 19%). Esto es a todas luces un indicador más del Estado de Policía que se ha venido consolidando en el país.
El caso de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) -a la que se encuentra adscrita las Faes – es emblemático, en apenas seis años de creación alcanzó un número aproximado de 14.739 funcionarios. Las Faes están inmersas en esta misma lógica, arrancó el 14 de julio de 2017 con 641 funcionarios, año y medio después tenían casi el doble (1.223), y al mes siguiente, en enero de 2019, ya sumaban unos 1.400 funcionarios, cifra que sin duda ya ha sido superada en la actualidad. ¿Cómo se llega a esa cantidad de funcionarios en lapsos tan breves?
Para llegar a esas cifras no se cumplen con estándares mínimos de reclutamiento, selección, ni capacitación, y posteriormente, la propia institución no tiene capacidades para realizar una supervisión y control eficiente sobre esos miles de jóvenes armados, que son sacados a la calle después de un tiempo de formación que resulta insuficiente. ¿Cuál es el resultado? Estos funcionarios terminan haciendo su voluntad en la calle sin ningún tipo de límite legal o institucional, ni responsabilidades posteriores.
Es común escuchar las quejas y reservas de los viejos comisarios sobre los nuevos ingresos y cómo se han relajado todos los procesos para la incorporación de los nuevos funcionarios, así como la desconfianza que éstos les generan.
Esto puede dar indicios también para hacer evaluaciones respecto a las verdaderas funcionalidades de la policía en Venezuela. Las actuales tasas de homicidio y las cada vez más numerosas muertes en manos de las fuerzas de seguridad del Estado han sido algunas de las posibles consecuencias de este incremento abrupto del número de policías en el país.
En síntesis, entre los dos problemas planteados hay uno que es común a ambos: no se cumple con el mandato del artículo 57 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía que exige para el ingreso a los cuerpos de policía no poseer antecedentes penales, ni haber sido destituido de cualquier organismo de seguridad del Estado. Si los que deben velar por la protección de la ciudadanía tienen estos perfiles, y la letalidad de su actuación ocupa una tercera parte de los homicidios del país, los resultados no son más que la masacre cotidiana en la que nos encontramos inmersos en el país.
Mientras las instituciones se encuentran a la deriva, y a la dirigencia política solo le interese la pugna por mantenerse o arrebatar el poder, los distintos cuerpos armados hacen su voluntad. Como dice el dicho popular: cuando el gato no está, los ratones hacen fiesta.
[Tomado de https://efectococuyo.com/opinion/hipertrofia-funcionarios-policiales.]
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