Plataforma Contra el Arco Minero del Orinoco
El pasado viernes 5 de agosto, pasando por encima de la constitución y de leyes macro de la república, el gobierno nacional firmó una serie de acuerdos y memorandos con empresas transnacionales para la exploración y explotación de minerales en el Arco Minero del Orinoco. Con este acto el gobierno incurre en desacato al desconocer la admisión por parte del Tribunal Supremo de Justicia, del recurso de nulidad del decreto 2.2248 que crea la Zona de Desarrollo Estratégico Arco Minero del Orinoco, por ilegalidad e inconstitucionalidad; dicho recurso fue introducido en el Tribunal Supremo de Justicia el 31 de mayo de 2016, y fue admitido por la Sala Político-Administrativa del mismo ente el pasado 21 de junio bajo el expediente N°2016-0358/DA-JS [1]. Este recurso contempla como primera medida cautelar: “Que se ordene al Poder Ejecutivo la postergación de todos los actos, actividades, trabajos intelectuales o manuales o cualquier acción directa o indirecta que signifique un inicio, desarrollo o conclusión de faenas preliminares, parciales o de índole semejante, que conciernan a los espacios delimitados como Arco Minero del Orinoco”. Esto implica que, los contratos y memorandos suscritos el pasado viernes 05 de agosto por el presidente de la república y los ministros relacionados del área, tienen un carácter de nulidad.
El pasado viernes 5 de agosto, pasando por encima de la constitución y de leyes macro de la república, el gobierno nacional firmó una serie de acuerdos y memorandos con empresas transnacionales para la exploración y explotación de minerales en el Arco Minero del Orinoco. Con este acto el gobierno incurre en desacato al desconocer la admisión por parte del Tribunal Supremo de Justicia, del recurso de nulidad del decreto 2.2248 que crea la Zona de Desarrollo Estratégico Arco Minero del Orinoco, por ilegalidad e inconstitucionalidad; dicho recurso fue introducido en el Tribunal Supremo de Justicia el 31 de mayo de 2016, y fue admitido por la Sala Político-Administrativa del mismo ente el pasado 21 de junio bajo el expediente N°2016-0358/DA-JS [1]. Este recurso contempla como primera medida cautelar: “Que se ordene al Poder Ejecutivo la postergación de todos los actos, actividades, trabajos intelectuales o manuales o cualquier acción directa o indirecta que signifique un inicio, desarrollo o conclusión de faenas preliminares, parciales o de índole semejante, que conciernan a los espacios delimitados como Arco Minero del Orinoco”. Esto implica que, los contratos y memorandos suscritos el pasado viernes 05 de agosto por el presidente de la república y los ministros relacionados del área, tienen un carácter de nulidad.
