Aula Abierta
El martes 28 de noviembre el Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital declaró con lugar una acción de amparo constitucional presentada por el estudiante aspirante a grado Rodrigo José Parra contra la Universidad Central de Venezuela, obligando a la UCV a suspender el acto de grado programado hasta tanto no se incluya en la lista de graduandos al demandante.
Según se desprende de las actuaciones en juicio, el referido estudiante afirma que se produjo de parte del Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV una violación del derecho a la educación consagrado en los artículos 102 y 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al no incluirlo en una lista de estudiantes que recibirían su título universitario en el próximo acto de grado a celebrarse el 05 de diciembre de 2017.
El martes 28 de noviembre el Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital declaró con lugar una acción de amparo constitucional presentada por el estudiante aspirante a grado Rodrigo José Parra contra la Universidad Central de Venezuela, obligando a la UCV a suspender el acto de grado programado hasta tanto no se incluya en la lista de graduandos al demandante.
Según se desprende de las actuaciones en juicio, el referido estudiante afirma que se produjo de parte del Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV una violación del derecho a la educación consagrado en los artículos 102 y 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al no incluirlo en una lista de estudiantes que recibirían su título universitario en el próximo acto de grado a celebrarse el 05 de diciembre de 2017.
Al respecto, la representación judicial de la Universidad Central de Venezuela negó en la audiencia todo lo alegado por Parra y sostuvo que no se le está negando el derecho al acto de grado ya que este estudiante, para el momento en que se imprimió la lista preliminar de los graduandos, se encontraba realizando exámenes reparatorios, lo que implicaba que no había aprobado la totalidad de horas crédito exigidas por la casa de estudios para poder ser titular del derecho a participar en el grado. Adicionalmente agregó en su exposición de juicio: “(…) Hay un cronograma académico que se viene realizando donde se publica la lista de los bachilleres que pasaron todas sus materias y una vez que los bachilleres que les corresponde reparar, pasan su materias y llenan los requisitos se incluyen en el listado para obtener su título, y una vez que el bachiller presentó su examen inmediatamente se va incluir en la lista de los graduandos (…)”
Lourdes Willl, Decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la referida casa de estudios, en entrevista para Aula Abierta Venezuela y el Centro para la paz y los Derechos Humanos de la UCV indicó que de los posibles 419 graduandos del acto llamado a suspenderse, 249 tuvieron que presentar exámenes de reparación, refiriéndose a casos de estudiantes que tuvieron que reparar hasta cuatro materias. Sin embargo, de los 249 que fueron a reparación de materias, 90 aprobaron satisfactoriamente los créditos académicos lo que hizo ascender de 173 a 263 el número de estudiantes que se graduarán el próximo 05 de diciembre.
Ahora bien, en torno a la problemática suscitada entre Parra y la UCV, llama poderosamente la atención que el día miércoles 22 de noviembre de 2017 el Diputado a la Asamblea Nacional y vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, se refirió durante su programa de televisión “Con el Mazo Dando” a la problemática en torno a Rodrigo José Parra cuando aún no había sido aborda en los tribunales. En dicho programa, el Diputado emitió una serie insultos y amenazas contra la Decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la UCV, profesora Lourdes Will, así como contra el coordinador académico profesor Juan Carlos Apits y el profesor Amalio Belmonte, Secretario de la universidad. Justo después del señalamiento a través del mencionado programa, se admite la acción de amparo el día 24 y posteriormente se declara con lugar el día 28 de noviembre de 2017.
Lo expuesto constituye una arbitrariedad e intromisión del Poder Judicial que violenta la calidad educativa y la autonomía universitaria, toda vez que el artículo 118 de la Ley de Universidades expresa que “Para seguir los cursos universitarios y obtener los grados, títulos o certificados de competencia que confiere la Universidad, los alumnos necesitan cumplir los requisitos que, sobre las condiciones de asistencia, exámenes, trabajos prácticos y demás materias, fijen la presente Ley y los Reglamentos” y en concordancia, la UCV plantea en el reglamento de estudios por unidades de la Escuela de Derecho: “Artículo 1. De acuerdo con la aplicación del régimen de unidades-crédito aprobado por el Consejo Universitario para la Universidad Central de Venezuela, para la obtención del título de Abogado según el actual plan de estudios, se requerirá haber cursado y aprobado ciento ochenta y dos (182) unidades-crédito (…)” (Subrayado nuestro); razón por la cual todos los estudiantes, incluido Rodrigo José Parra, deben cursar y aprobar las horas créditos académicas
Desde Aula Abierta Venezuela condenamos las continuas decisiones del Poder Judicial venezolano (Más de 43 desde el 2010) que interfieren en el ejercicio pleno de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 109 de la Constitución a favor de las universidades, situación que a su vez tiene un impacto nocivo en el ejercicio de la libertad académica dentro de las casas de estudio superior venezolanas. De esta manera, se exige al Estado venezolano, concretamente al Poder Judicial el cese de tomas de decisiones de talante intervencionista.
[Tomado de http://aulaabiertavenezuela.org/index.php/2017/11/30/poder-judicial-venezolano-continua-el-asedio-contra-las-universidades.]
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