R. Álvarez y M.P. García-Guadilla
* El siguiente texto recoge las consideraciones finales de la extensa y exhaustiva investigación titulada "Contraloría social y clientelismo: la praxis de los consejos comunales en Venezuela" [versión completa accesible en http://www.redalyc.org/html/1700/170022376006], que en su resumen expone lo siguiente:
«El objetivo de este trabajo es analizar las praxis de los consejos comunales(CC) en materia de contraloría social en el período 2006-2010. Se estudian los efectos de la aplicación de la Ley de Consejos Comunales de 2006 en el ejercicio de la contraloria social, encontrando limitaciones jurídicas, tales como: indefinición de la actividad contralora, del ente que controla y de los mecanismos contralores, junto con la falta de formación, capacitación y conocimiento técnico de los miembros de los CC para ejercer tal función. Las deficiencias de la estructura institucional para procesar la contraloría social, la inexistencia de mecanismos externos y de sanciones y, en general, la politización de tal función, contribuyeron al fracaso de esta y estimularon el clientelismo y la cooptación política. Se analiza en que medida la Ley Orgánica de los Consejos Comunales de 2009 resuelve las limitaciones jurídicas y toma en cuenta los problemas anteriores. Se encuentra que a pesar de que esta ley fue dirigida a resolver las limitaciones de la LCC de 2006 en lo que respecta al ejercicio de la contraloría social, las múltiples limitaciones arriba identificadas, impiden que la función contralora sea efectiva. Además, la creciente politización de los CC ha llevado a que la formación, capacitación y gestión eficiente y transparente no sean consideradas como prioritarias, dando lugar al desarrollo de prácticas clientelares, en que el éxito se mide políticamente según la cantidad de recursos que obtenga el CC y donde la obtención de tales recursos para por la coooptación política.»
* El siguiente texto recoge las consideraciones finales de la extensa y exhaustiva investigación titulada "Contraloría social y clientelismo: la praxis de los consejos comunales en Venezuela" [versión completa accesible en http://www.redalyc.org/html/1700/170022376006], que en su resumen expone lo siguiente:
«El objetivo de este trabajo es analizar las praxis de los consejos comunales(CC) en materia de contraloría social en el período 2006-2010. Se estudian los efectos de la aplicación de la Ley de Consejos Comunales de 2006 en el ejercicio de la contraloria social, encontrando limitaciones jurídicas, tales como: indefinición de la actividad contralora, del ente que controla y de los mecanismos contralores, junto con la falta de formación, capacitación y conocimiento técnico de los miembros de los CC para ejercer tal función. Las deficiencias de la estructura institucional para procesar la contraloría social, la inexistencia de mecanismos externos y de sanciones y, en general, la politización de tal función, contribuyeron al fracaso de esta y estimularon el clientelismo y la cooptación política. Se analiza en que medida la Ley Orgánica de los Consejos Comunales de 2009 resuelve las limitaciones jurídicas y toma en cuenta los problemas anteriores. Se encuentra que a pesar de que esta ley fue dirigida a resolver las limitaciones de la LCC de 2006 en lo que respecta al ejercicio de la contraloría social, las múltiples limitaciones arriba identificadas, impiden que la función contralora sea efectiva. Además, la creciente politización de los CC ha llevado a que la formación, capacitación y gestión eficiente y transparente no sean consideradas como prioritarias, dando lugar al desarrollo de prácticas clientelares, en que el éxito se mide políticamente según la cantidad de recursos que obtenga el CC y donde la obtención de tales recursos para por la coooptación política.»
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