El Libertario
Según se informó enel sitio web del Ministerio Público venezolano se ordenó privativa de libertad
para Guillermo Ordosgoitte Revelo (23) y Andrés Carrillo Niño, quienes presuntamente
detonaron una bomba lacrimógena en la estación Capitolio de El Metro de Caracas,
para evitar ser agredidos por una multitud, pues habrían robado a varias
personas dentro de uno de los vagones del subterráneo a las 11:00 de la noche
del martes 23 de julio.
La fiscal Yuleidy
Pérez los imputó por el delito de terrorismo individual y robo agravado, debido
a que utilizaron el artefacto explosivo para amenazar a las personas mientras
las robaban. De acuerdo a lo establecido en el artículo 52° de la Ley Orgánica
Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, “el
terrorista individual o quienes asociados mediante una organización terrorista,
realice o trate de realizar uno o varios actos terroristas, será penado con
prisión de veinticinco a treinta (30) años”.
Como se divulgó la
audiencia de presentación se llevó a cabo en el Tribunal 2° de Control del área
metropolitana de Caracas, instancia que acogió la precalificación fiscal,
decretó la privativa de libertad y fijó como sitio de reclusión la
Penitenciaria General de Venezuela (PGV), en San Juan de Los Morros, estado
Guárico.
Para El Libertario, junto al caso de Yendrick Sánchez, significan precedentes que intentan “normalizar” la aplicación de ley antiterrorista para, en un futuro, aplicarla a los luchadores sociales movilizados por derechos, como es la experiencia en otros países de América Latina, que poseen similares normativas. Si lo que se pretendía era castigar a los dos presuntos antisociales, el Estado ya contaba con un abanico de posibilidades presentes en el llamado Código Penal, por lo que es una curiosa novedad que sean precisamente inculpados por la Ley Antiterrorista. Por otra parte, si el agravante es el uso de una bomba lacrimógena, el Estado nunca averiguará como esas dos personas tenían en su poder una granada y una bomba lacrimógena, armas que sólo son importadas por el Estado venezolano para uso de sus organismos de represión. Por otro lado, el titular de la nota afirma que el uso de una bomba lacrimógena fue la causa de la imputación por terrorismo. ¿No deberían entonces ser imputados por terrorismo todos los policías y militares que a diario lanzan lacrimógenas contra personas y manifestaciones por la exigencia de derechos?
Continuamos rechazando la aplicación de la Ley Antiterrorista, que como ha sido demostrado, fue una exigencia de los organismos multilaterales como el Fondo MonetarioInternacional a los países de América Latina.
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