* PRONUNCIAMIENTO DE LOS PUEBLOS YE’KWANA-SANEMA Y PEMON DE LA CUENCA DEL CAURA SOBRE EL DECRETO NÚMERO 2.248 DEL “ARCO MINERO ORINOCO” EN EL MARCO DE LA XX ASAMBLEA
GENERAL ORDINARIA DE LA ORGANIZACIÓN KUYUJANI. PLAYÓN, 21 AL 24 DE ABRIL DE 2016.
Esta carta es elaborada por todas las autoridades legítimas de 49 comunidades Ye´kwana y Sanema participantes a la XX Asamblea General Ordinaria de la Organización KUYUJANI, organización de base comunitaria indígena del poder popular ancestral, originario y tradicional de los pueblos antes mencionados, quienes acordamos en plenaria dirigir la presente comunicación en atención a las siguientes consideraciones y en consecuencia solicitar su actuación conforme a las leyes indígenas y de la República Bolivariana de Venezuela.
GENERAL ORDINARIA DE LA ORGANIZACIÓN KUYUJANI. PLAYÓN, 21 AL 24 DE ABRIL DE 2016.
Esta carta es elaborada por todas las autoridades legítimas de 49 comunidades Ye´kwana y Sanema participantes a la XX Asamblea General Ordinaria de la Organización KUYUJANI, organización de base comunitaria indígena del poder popular ancestral, originario y tradicional de los pueblos antes mencionados, quienes acordamos en plenaria dirigir la presente comunicación en atención a las siguientes consideraciones y en consecuencia solicitar su actuación conforme a las leyes indígenas y de la República Bolivariana de Venezuela.
La XX Asamblea General Ordinaria reunida en la fecha 21 a 24 de abril de año 2016 en la comunidad El Playón se pronunció sobre el Decreto del Arco Minero que afecta directamente a las poblaciones de la cuenca del Caura y en especial las comunidades indígenas de los Pueblos Ye´kwana–Sanema y pemon el cual RECHAZAMOS DEFINITIVAMENTE LA IMPLEMENTACIÓN DEL ARCO MINERO EN NUESTRO TERRITORIOS y HÁBITATS.
En el caso particular del Caura y es de preocuparse los resultados de los estudios científicos del año 2010 y del 2011 reportan el impacto ambiental en nuestro territorio tradicional incluyendo, el incremento de contaminantes químicos y sedimentos en suspensión en el río Yuruani y en el río Caura, así como bioacumulación de mercurio en tejido muscular de los principales peces de consumo masivo por parte de nuestras comunidades indígenas, especialmente en niños, niñas y adultos mayores. El resultado de los estudios científicos reportan bio-acumulación de mercurio en tejido humano (cabellos) en miembros de las comunidades indígenas Ye´kwana y Sanema de la cuenca del río Caura.
La cuenca del río Caura tiene en su ordenamiento territorial vigente diversas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE) incluyendo el Parque Nacional Jaua-Sarisariñama, Reserva Forestal El Caura, Monumentos Naturales Ichún-Guanacoco, Cerro Guiquinima y Zona Protectora Sur del estado Bolívar, los cuales consagran la protección y salvaguarda de los bosques, recursos hídricos, suelos agrícolas y demás recursos de la biodiversidad, regulando para ello el uso y aprovechamiento bajo normas de manejo con fines de desarrollo sustentable de las poblaciones autóctonas, indígenas y de la nación venezolana, prohibiendo
taxativamente la actividad minera.
Para los pueblos antes mencionados consideramos que el Arco Minero es una violación de nuestro derecho legítimo a la salud y a un territorio seguro, propio y con calidad de vida.
Consideramos incoherente la decisión tomada sobre la política minera dentro de territorios indígenas desestimando los derechos indígenas consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela vigente desde el año 1999, en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en el Convenio sobre los Derechos Humanos Universales, en la Ley Orgánica de Pueblos Indígenas, en la Ley Ordinaria de Demarcación de Tierras y Hábitats Indígenas y todas las demás leyes, convenios, pactos y tratados debidamente suscritos y ratificados por la República y de obligatorio cumplimiento por todas las autoridades nacionales civiles y militares sin excepción. Las culturas Ye´kwana y Sanema dependen de los bosques, caños y demás ecosistemas y recursos naturales de la cuenca del río Caura para poder seguir existiendo, y como consecuencia de la actividad de minería ilegal en nuestro territorio se han dado los primeros impactos ambientales y de salud humana que constituyen pasos tempranos de un proceso que a nivel internacional se tipifica como etnogenocidio, el cual estamos a tiempo todavía de evitar.
La conservación de los recursos naturales del territorio ancestral son fuente de alimentación y necesidades vitales manejadas desde nuestro origen, los cuales están en grave peligro por la presencia de la minería ilegal y el decreto del arco Minero del Orinoco. Yaajö Sawedi, nos dijo que cuidáramos a Atukaadoda (hierro), Adeumoiyana (agua), Enuujukuñamana (aire) como él los cuidó. Las tierra es fundamental para el pueblo Ye´kwana y Sanema, donde nace nuestro patrimonio cultural: educación propia, la cultura y garantiza nuestra seguridad alimentaria, la de nuestros hijos y futuras generaciones.
Exigimos que en representación de todas las autoridades legítimas de esta XX Asamblea General Ordinaria de la Organización KUYUJANI, debidamente constituida, sea presentada en punto de cuenta ante el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, y comunique por vía escrita a las demás autoridades del consejo de ministros y, en especial, al ministro de Defensa y a la Procuraduría General de la República.
Es el deseo expreso de esta XX Asamblea General Ordinaria de la Organización KUYUJANI no al ARCO MINERO SI AL ¡BUEN VIVIR! en los territorios indígenas, solicitamos actuar conforme al marco legal previsto en la Constitución, las leyes, convenios, pactos y tratados de la República Bolivariana de Venezuela, y en consecuencia exigimos que mediante la presente, el Alto Mando Militar y la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela también cumplan con sus obligaciones según dictan las Leyes.
¡QUEREMOS SEGUIR EXISTIENDO! ¡EXIGIMOS NUESTRO TERRITORIO PARA SEGUIR VIVIENDO BIEN ¡
¡La vida vale, más que El oro!
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