Prensa Provea
El pasado 25.06.2014 circuló en la Gaceta Oficial 40.440 la
“Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación”, cuyo
objetivo es “regular el registro y el alistamiento para la defensa, la
seguridad y el desarrollo integral de la Nación”.
Las disposiciones de la ley son aplicables a venezolanos por
nacimiento y naturalización, entes públicos y privados. Si bien lo positivo de
la norma es que su artículo 5 reitera lo establecido por la Constitución acerca
de la prohibición del reclutamiento forzoso, sin embargo, los siguientes
aspectos son preocupantes y violan lo dispuesto en la Carta Magna y en los
estándares internacionales en materia de derechos humanos.
1) Se obliga a todos los venezolanos y venezolanas, así como
a entes públicos, privados y figuras de
a inscribirse en un registro de naturaleza castrense,
2) No figuran como causales de no prestación del servicio
militar la posibilidad de elegir libremente un servicio civil o ejercer el
derecho a la libertad de conciencia como se dispone en el artículo 61 CRBV),
3) Sólo se podría prestar el servicio civil tras haber sido
seleccionado como “No elegible” por presentar enfermedad, ser sostén de hogar,
estar casado-a o tener sentencia firme de prisión,
4) El servicio civil, que en la CRBV posee el mismo rango
que el militar, quedaría subordinado a las Fuerzas Armas, siendo operativizado
bajo jurisdicción y reglamentación castrense. La Comisión de Derechos Humanos
de la ONU, en su resolución 1998/77 ha establecido claramente que el servicio
alternativo debe ser de carácter civil, fuera de la esfera militar y no bajo
órdenes militares.
El incumplimiento del registro impediría por ley la
satisfacción plena del derecho al trabajo, al no poder ser contratado por entes
públicos ni privados ni tener la posibilidad de obtener solvencias laborales;
el derecho a la libertad de tránsito al prohibir la tramitación de licencias de
conducir y el derecho a la educación, al impedir el otorgamiento de títulos
universitarios.
El cumplimiento cabal de la Constitución sugiere que la
implementación de un registro militar debe ser exclusivamente para las personas
que opten la prestación del servicio militar y no para la totalidad de la
población. A pesar de su naturaleza civil y contradiciendo sus postulados
humanistas, el presidente Nicolás Maduro mediante esta ley transforma al
conjunto de la sociedad venezolana en un cuartel, a ser regulada por la
jurisdicción militar.
Así como lo sugirió el cantor popular venezolano “La patria
es el hombre”, la “defensa integral” de la sociedad es la promoción de más y
mejor educación, vivienda, salud, deporte y cultura para todos y todas, y no la
profundización de la militarización del país.
Provea ha denunciado en reiteradas ocasiones la progresiva
militarización del país y de las organizaciones sociales, promovida desde el
Ejecutivo Nacional. La exacerbación del militarismo es contradictorio con el
ejercicio de una democracia participativa y protagónica, toda vez que se impone
la lógica de la obediencia ajena al debate democrático, además de otros valores
como la xenofobia, la uniformización del pensamiento, la autoridad
incontestable, la organización vertical y jerárquica, la diversidad como
amenaza y el culto a las armas. Estas nociones son contraproducentes en un país
azotado por la violencia cotidiana, donde por el contrario se requiere promover
la paz, la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos.
Provea convoca al pueblo venezolano a discutir y rechazar
los elementos inconstitucionales de esta ley, por lo que ejercerá lo dispuesto en
el artículo 333 de la Carta Magna (deber de colaborar en el restablecimiento de
la vigencia de la CRBV) mediante acciones jurídicas necesarias para su reforma.
(Prensa Provea, 30.06.2014)
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