Por: Simón Rodríguez
Porras*
A un año de la aprobación de la nueva ley del trabajo
En noviembre de 2011, el presidente Chávez anunció la
redacción de una nueva ley laboral. El gobierno escogió un momento de interés
electoral, a once meses de las elecciones presidenciales de 2012, para encarar
una deuda de casi doce años en ajustar la legislación laboral a la Constitución
de 1999, cuyas disposiciones transitorias establecían el mandato de realizar
estos cambios en el transcurso de un año. La reforma laboral fue emprendida en
el marco de un importante aumento en la conflictividad social: los años 2011 y
2012 fuimos testigos del número más alto de protestas obreras y populares, más
de 10 mil en el bienio, de todo el gobierno chavista.
Alrededor del 40% de estas protestas fue protagonizado por
el movimiento obrero. El combustible de la protesta era y sigue siendo en la
actualidad un aumento vertiginoso de los pasivos laborales, el retraso en las
discusiones de los contratos colectivos en una economía con una altísima
inflación, la lucha contra la tercerización y el trabajo precario, las órdenes
de reenganche de trabajadores no acatadas por empresas e instituciones
públicas, y un aumento en la criminalización de las huelgas y luchas obreras,
con casos emblemáticos como el encarcelamiento del secretario general del
sindicato de Ferrominera del Orinoco, Rubén González, o el asesinato de dos
obreros de la Mitsubishi en la ciudad de Barcelona durante un ataque policial a
una huelga en enero de 2009 (en el caso de Rubén González, en la actualidad aún
se encuentra sometido a un juicio por haber encabezado una huelga en agosto de
2009).
Al momento de anunciarse la reforma laboral, dos millones y
medio de empleados públicos acumulaban 7 años sin discutir su contratación
colectiva, e igualmente se encontraban con contratos vencidos los 100 mil
trabajadores petroleros, 40 mil trabajadores de la industria eléctrica, 30 mil
de las empresas básicas del hierro y el aluminio en Guayana, así como 10 mil
trabajadores de la industria cementera. No menos importante para el deterioro
de la relación del gobierno con la clase obrera era la aplicación de un ajuste
a partir de 2009, con una devaluación monetaria del 100%, aumento del Impuesto
al Valor Agregado en un tercio, pasando de 9% a 12%, la liberación de los
precios de la mayoría de los alimentos con precios regulados, entre otras
medidas.
Una reforma laboral cocinada por los patronos y el gobierno
El gobierno preparó el texto legal en la sombra. Se valió de
una ley habilitante aprobada en el marco de las lluvias que destruyeron miles
de viviendas en diciembre de 2010, y que facultaba al Presidente a dictar
decretos con rango de ley para encarar la emergencia. No se difundió
públicamente un borrador de la ley, por lo que no se conoció su contenido sino
hasta después de su promulgación. En la comisión presidencial encargada de
redactar la ley, hubo una clara mayoría patronal, conformada por funcionarios
gubernamentales y representantes de los gremios patronales. El único representante
sindical en ejercicio que formó parte de la comisión, Wills Rangel, también
cumple funciones patronales en la directiva de Pdvsa. Incluso un personaje como
Carlos Sainz Muñoz, quien en 1997 fungía como asesor jurídico de la CTV en las
negociaciones para la elaboración de la Ley Orgánica del Trabajo, y en tal
sentido fue corresponsable de ese ataque perpetrado contra los derechos de los
trabajadores, también formó parte de la comisión nombrada por el presidente
Chávez para elaborar la nueva ley.
El reglamento parcial de la ley, aprobado en mayo de 2013
por la Asamblea Nacional, tampoco fue discutido con el movimiento obrero. Los
métodos empleados para elaborar la reforma tuvieron un correlato en su
contenido regresivo, como veremos, muy alejado del supuesto carácter socialista
que le adjudicó la propaganda oficial.
Únicamente el sector corporativizado del sindicalismo,
representado por la Central Bolivariana Socialista de Trabajadores, hizo
campaña activamente a favor de la reforma, pero aun así el gobierno pudo
imponer su proyecto legal prácticamente sin oposición obrera, debido a la
atomización del movimiento sindical, que no cuenta con una central obrera
representativa. También fue funcional a la campaña gubernamental, la posición
asumida por la burocracia sindical de la CTV, que defendía la ley de 1997.
Únicamente la Corriente Clasista, Unitaria, Revolucionaria y Autónoma (C-cura),
encabezada por Orlando Chirino y José Bodas, planteó llamar desde el movimiento
obrero a una constituyente sindical para proponer una reforma laboral que
consagrara el respeto a la autonomía y la libertad sindical, aboliendo toda la
limitación del derecho a huelga y estableciendo los mecanismos para aplicar el
contenido del artículo 91 de la Constitución, que establece que el salario
mínimo debe calcularse tomando como referencia fundamental el monto de la
canasta básica. Actualmente el salario mínimo representa aproximadamente la
mitad del monto de la canasta básica oficial.
Una estafa ideológica e histórica
Al promulgarse la nueva Ley Orgánica del Trabajo, las
Trabajadoras y los Trabajadores (Lottt), quedó claro que por su contenido, no
pasaba de ser una reforma a la ley de 1997, promulgada bajo el gobierno
socialcristiano y profundamente antiobrero de Rafael Caldera. Este hecho fue
reconocido por los ex ministros de Cordiplan y del Trabajo, Teodoro Petkoff y
María Bernardoni de Govea. En tal sentido, no es ni lejanamente una ley
socialista, o de transición al socialismo. Es una ley que no abole sino que
regula las relaciones de explotación del trabajo por parte del capital. Más
allá de que, inspirada en la misma concepción de colaboración de clases que
anima al proyecto nacionalista-burgués del gobierno, en la redacción de la
Lottt se plantea que el trabajo es un proceso social que genera una justa
repartición de la riqueza, la ley no apunta a modificar los mecanismos
capitalistas esenciales, a que el trabajo deje de ser una mercancía, ni por lo
tanto a liquidar la explotación de los trabajadores y superar la distribución injusta
de la riqueza.
Se ratificaron los aspectos centrales de la ley de 1997,
incluyendo el régimen de prestaciones sociales. Ha de recordarse que una de las
promesas centrales de Chávez en la campaña presidencial de 1998 fue derogar la
reforma del régimen de prestaciones sociales instaurado por Caldera en sus
últimos meses de gobierno y restaurar la retroactividad de las prestaciones, en
otras palabras, que el pago de la indemnización por concepto de antigüedad y
cesantía se volvería a calcular de acuerdo con el último salario devengado, una
medida de protección de los ingresos de los trabajadores en un país con una
altísima inflación. Dicha intención la recoge la Constitución de 1999. No
obstante, la reforma de 2012, traicionando la intención del constituyente, ni
eliminó el sistema de cálculo instaurado en 1997 ni restauró el sistema previo
a 1997, sino que por el contrario ratificó el sistema de 1997 e incorporó una
nueva variante de cálculo, que favorecería ligeramente al trabajador cuando la
relación laboral se extiende más de una década.
Se abandonó la reducción de la jornada laboral a 36 horas
semanales, propuesta en el fallido intento de reforma constitucional de 2007, y
terminó incorporándose a la Lottt una jornada de 8 horas diarias y una semana laboral
de 40 horas, que en la práctica beneficia únicamente a los sectores laborales
con condiciones laborales más precarias, como los vigilantes nocturnos.
La agremiación patronal Fedecámaras, que en 2002 encabezara
el golpe de Estado y varios paros patronales, no mostró alarma por el contenido
de la ley, mientras que agremiaciones de empresarios afectos al gobierno, como
Fedeindustria, aplaudieron su contenido. Ya veremos por qué.
Retrocesos en materia de libertad sindical
La Lottt, implicó un retroceso en importantes derechos
colectivos, como el derecho a huelga, y se incrementó la intervención del
Estado en los asuntos internos de los sindicatos. Con el objetivo de
profundizar la injerencia en los asuntos sindicales, se amplían las
prerrogativas del Ministerio del Trabajo para el reconocimiento de una
organización sindical. Se crea el Registro Nacional de Organizaciones
Sindicales, y se obliga a los sindicatos a mantener a las autoridades al tanto
de la identidad de todos sus afiliados. Se regula con detalle los requisitos
que debe cumplir la reglamentación estatutaria de los sindicatos, así como los
procedimientos para la realización de elecciones sindicales.
Mientras que prolifera la declaratoria de empresas estatales
como zonas militares de seguridad en las que está prohibido realizar
paralizaciones o protestas, y que leyes específicas como la Ley Orgánica de
Soberanía y Seguridad Alimentaria, o la llamada ley antiterrorista, imponen
restricciones al ejercicio del derecho a huelga, la Lottt elimina la garantía
establecida en la ley de 1997, según la cual el acto de ocupar una empresa en
el marco de una huelga no era violatorio de la ley.
En su artículo 375, la Lottt le adjudica a los sindicatos la
función de proteger el proceso de trabajo, alienando a las organizaciones
obreras de su verdadero objetivo que es la defensa de los derechos de los
asalariados. En última instancia, desde una perspectiva revolucionaria, las
organizaciones de los trabajadores tienen la misión histórica de subvertir las
relaciones de producción capitalistas, por su naturaleza explotadora y
antidemocrática, nunca “protegerlas” ni tampoco al proceso productivo en el que
ellas se desarrollan.
Algunos derechos individuales de los trabajadores mejoran
con la nueva legislación. El permiso pre y post natal se aumenta a seis meses,
y la inamovilidad para padres y madres se extiende a dos años después del
parto; el bono de fin de año por concepto de utilidades sube de un mínimo de
quince días a treinta días. Se trata de conquistas que están ampliamente
superadas en prácticamente todas las convenciones colectivas de trabajo, pero
ciertamente benefician a un importante número de trabajadores. También se
incorporan limitaciones y medidas de coerción contra los lock out patronales,
así como sanciones penales para algunas violaciones a los derechos de los
trabajadores. Pero de conjunto, el propósito político que anima la reforma
laboral es avanzar en el control estatal del movimiento obrero.
Las luchas continúan
No puede dejar de observarse que la concreción de los
derechos de los trabajadores, la defensa de las conquistas obtenidas y la
ampliación de estos derechos, depende del grado de organización y movilización
de los trabajadores como clase. Los artículos de la legislación referidos a la
prohibición de la tercerización, por ejemplo, son violados sistemáticamente por
los patronos, tanto en el sector público como en el privado. La posibilidad de
derrotar las prácticas explotadoras, legales e ilegales, y de avanzar hacia un
régimen social en el que efectivamente el trabajo sea un proceso social que
garantice una justa distribución y goce de la riqueza creada colectivamente,
está ligada a la superación de los problemas históricos de la clase trabajadora
venezolana, a la construcción de su unidad orgánica y la emergencia de una
dirigencia sindical democrática y con plena autonomía respecto del Estado y los
empresarios. El proceso de movilización que libran miles de trabajadores a lo
largo del país actualmente, aunque de manera aislada, brinda una gran
oportunidad para avanzar en este sentido.
*Coordinador de la página web www.laclase.info
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