Por Covicil
Pasadas las siete de la noche del día de hoy (17/08/2011) después de más de dos años y 24 audiencias de juicio oral y público, el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la jueza Anabelle Plaz Rojo, bajo la causa N° 2322, dicto sentencia contra los funcionarios de la Policía de Lara que asesinaron a los jóvenes Fabricio Douglas Iván Pérez Heredia y Engel Alexander Ernesto Pérez Heredia, el 29 de abril del año 2008.
Pasadas las siete de la noche del día de hoy (17/08/2011) después de más de dos años y 24 audiencias de juicio oral y público, el Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la jueza Anabelle Plaz Rojo, bajo la causa N° 2322, dicto sentencia contra los funcionarios de la Policía de Lara que asesinaron a los jóvenes Fabricio Douglas Iván Pérez Heredia y Engel Alexander Ernesto Pérez Heredia, el 29 de abril del año 2008.
A 27 años de prisión fueron sentenciados el agente DIXON
ARGENIS CANELON MENDOZA y y el sargento
GRACIANO ANTONIO GRANDA por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, CON ALEVOSÍA Y
POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículos 405 en
concordancia con el articulo 406 numerales 1 y 2 en relación con el articulo 83
ejusdem USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 281 del Código
Penal, en concordancia con él con los artículos 279 y 274 ejusdem y en relación
al artículo 3 de la Ley
de Armas y Explosivos Y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE el artículo 239 del Código
Penal.
Y a 24 años de
prisión para el cabo primero LUIS PASTOR CAMACARO RODRIGUEZ y el distinguido ERIK ALEXANDER TORCTES EREU
por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVO FUTILES E
INNOBLES EN GRADO DE COOPERADORES INMEDIATOS, previsto y sancionado en el
artículo 406 del Código Penal, numerales 1° y 2° y en relación con el articulo
83 ejusdem, y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo
239 del Código Penal,,
Todos estos agentes
policiales, en el momento del asesinato estaban adscritos a la tristemente
célebre División de Inteligencia y Coordinación Policial de las Fuerzas Armadas
Policiales del estado Lara (DIAC), creada y amparada por el ex comandante de la Policia del Estado Lara,
general Jesús Armando Rodriguez Figueras.
Hay que agregar que sobre esta división de PoliLara ,sobre
los anteriores policías hoy sentenciados y otros funcionarios de dicho cuerpo
policial, en las diversas fiscalías del estado Lara reposan otros juicios por homicidios cometidos durante el
periodo del gobernador Luis Reyes Reyes.
La jueza Anabelle Plaz Rojo asimismo dictamino que los
sentenciados fueran recluidos en la
Carcel de Tocuyito, tal como ella lo había exigido desde hace
varios meses atrás, medida que los
agentes hoy sentenciados, burlaron durante meses por la protección que han
gozado de la comandante de la policía del estado Lara que se negó a cumplir con
dicha medida.
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