Aníbal Gálvez Rivas
Perú
Alberto Fujimori y Hugo Chávez podrían ser coautores de un manual titulado Cómo ser dictador manipulando mecanismos formalmente democráticos… para dummies (claro,descontando el 5 de abril de 1992).
Recordar esto es importante pues, en la presente coyuntura electoral de cara a la segunda vuelta, sorprende que un sector de nuestra ciudadanía fundamente su voto a favor de la candidata Keiko Fujimori (lideresa por herencia del fujimorismo de siempre) en base al temor de que la otra candidatura, también preocupante, nos dirija hacia una dictadura como la chavista. Entre ambas opciones, en realidad, el fujimorismo es más cercano al chavismo pues en su momento ambos han sostenido una colaboración estrecha y por un tiempo más prolongado.
Dictaduras amigas
Si hablamos de dictaduras, la que vivimos en el Perú durante el régimen de los Fujimori no fue de menor intensidad que la que actualmente padece el hermano país de Venezuela. Además, han existido vasos comunicantes entre ambos regímenes, incluso antes de que el chavismo asumiera el poder (recordemos que ese movimiento llegó a la presidencia en el año 98).
Conviene recordar que Hugo Chávez fue un aliado de Fujimori, al punto que colaboró para mantener a nuestro país en el marco de los países andinos, después de la fraudulenta segunda vuelta del año 2000, contra los propósitos de la oposición democrática peruana; y que la relación se inició varios años antes, cuando Chávez se refugió en el Perú en 1992 luego del fallido golpe de Estado que encabezó en su país, recibiendo el apoyo de Montesinos, brazo derecho de Fujimori. No fue sorpresa, por ello, que Fujimori dijera durante la última crisis de su gobierno que “Chávez es mi amigo personal y en algún momento voy a visitarlo un fin de semana”, en relación a la visa de cortesía que Chávez le había entregado en octubre de 2000 (Zapata: 2011). Aunque quien llegó a fugar a Venezuela fue Montesinos pues Fujimori prefirió refugiarse en Japón para aprovechar su doble nacionalidad: es claro a dónde hubiera fugado si solo hubiera tenido la nacionalidad peruana.
No es difícil encontrar paralelos entre la dictadura de Fujimori y la de Chávez. Por un lado, por ejemplo, tenían características comunes, además de la demagogia y autoritarismo, que los definían como populistas, como discurso antielitístico, imagen de persona no perteneciente a política tradicional y carisma en los sectores marginales (Eller, 2004: 32).
Asimismo, el Perú durante Fujimori y Venezuela durante Chávez, después del desplome de sus sistemas de partidos políticos, siguieron rutas comunes:
“[E]n ambos países se fundó un nuevo orden político (expresado en las nuevas constituciones de 1993 en Perú y de 1999 en Venezuela), formalmente democráticos, y que además ponían énfasis en la apertura de espacios de participación y democracia directa, pero que en la práctica dieron lugar a la conformación de regímenes autoritarios. Ello se explica porque la refundación institucional ocurrió bajo la clara hegemonía política de un solo actor, imbuido de un claro espíritu antisistema, que enfrentó una oposición débil y fragmentada, sin una propuesta alternativa. Los nuevos líderes sufrieron un importante desgaste como consecuencia de un ejercicio del poder no democrático, pero ésta caída afectó sobre todo su relación con los sectores medios; ante los sectores populares, la combinación de una retórica anti sistema y un significativo aumento del gasto social (posible en el caso peruano por la recuperación de las finanzas públicas y por la política de privatizaciones, y en el venezolano por el aumento de los precios del petróleo), les permitió mantener una importante base de respaldo popular, que los hace competitivos en el terreno electoral. (…) Una vez en el poder, Fujimori y Chávez destruyeron el orden institucional precedente, y erigieron regímenes que pueden ser catalogados como autoritarismos competitivos, en los que la representación democrática es sustituida por mecanismos de legitimación plebiscitarios”. (Tanaka, 2004: 20-21).
Paralelos en las intervenciones dictatoriales a los sistemas de justicia
La independencia del sistema de justicia es uno de los pilares básicos de la democracia. Sin ella, es inviable sostener un sistema equilibrado de poderes y garantizar el respeto de los derechos fundamentales. Sin una justicia independiente es fácil generar impunidad. Por ello, el sometimiento de la justicia es siempre un objetivo muy preciado para las dictaduras.
En este punto, los proyectos dictatoriales desarrollados por Fujimori y Chávez exhiben también semejanzas pues la ruta que siguieron fue similar. No están lejos los que señalan que el segundo aprendió del primero.
En ambos casos, cuando iniciaron sus gobiernos encontraron a sus respectivos sistemas de justicia sumergidos en crisis agudas. Existía un alto nivel de desaprobación para los sistemas de justicia pues la población los percibía como aparatos burocráticos, corruptos, lentos y sobrecargados en los que las influencias de los litigantes podían ser más determinantes que la razón del Derecho (Lovatón, 2003: 356-357; HRW, 2008: 46-47). Ante estos panoramas, en lugar de buscar el fortalecimiento de la justicia, aprovecharon el descontento popular para declarar sus sistemas judiciales en estado de emergencia, y promover normas refundacionales que bajo el pretexto de reorganizar íntegramente sus instituciones les permitieron copar con magistrados allegados políticamente primero las instancias más altas, y luego el resto del sistema de justicia.
Debemos mencionar además, que en estos momentos refundacionales surgieron nuevas constituciones políticas y otras normas que reconfiguraron el sistema de justicia. Ambas constituciones consagran la independencia de la justicia, y establece diversos mecanismos formales para protegerla. Por ejemplo, en el caso peruano, la constitución (1993) estableció un Consejo Nacional de la Magistratura como órgano autónomo que determina el nombramiento y la destitución de jueces y fiscales sin intervención del Poder Legislativo ni el Ejecutivo, además existe un Tribunal Constitucional separado del Poder Judicial, entre otras medidas. La constitución venezolana (1999), por su parte, optó por establecer la elección y destitución de magistrados supremos mediante mayoría calificada en el parlamento, lo que inicialmente dio como resultado un equilibro en el Poder Judicial. De modo que estos gobiernos autoritarios promovieron, a nivel constitucional, normas que resultaban compatibles con una democracia. Sin embargo, fueron maniobras y normas posteriores las que terminaron desvirtuando lo planteado por estas constituciones.
Así, cuando en el Perú Fujimori llevó a cabo el autogolpe de Estado del 5 de abril de 1992 y se cerraron diversas instituciones estatales, una de las justificaciones que se plantearon públicamente fue la situación dramática de la administración de justicia. El 7 de abril de 1992 se promulgó la Ley de Bases del Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional, Dec.Ley N° 25418, que teniendo entre sus objetivos “moralizar la administración de justicia”, decretó “la reorganización integral del Poder Judicial, del Ministerio Público, el Consejo Nacional de la Magistratura y el Tribunal Constitucional”. A los dos días se promulgó el Decreto Ley N° 25423, que cesó a 13 vocales supremos, lo que dio origen al alto nivel de provisionalidad generalizada en jueces y fiscales que hasta ahora existe. El cese de jueces y fiscales fue masivo, y se realizó mediante decretos leyes, contra los que además se dispuso la improcedencia de la acción de amparo (Lovatón, 2003: 359-360).
En Venezuela, por su parte, al año siguiente de iniciar su mandato, Chávez convocó a una Asamblea Nacional Constituyente. Una de las primeras medidas de esta asamblea constituyente fue declarar, en agosto de 1999, que el poder judicial se hallaba en estado de emergencia. Posteriormente, en octubre, publicó un decreto para la “Reorganización del Poder Judicial y el Sistema Penitenciario”, el cual creó una comisión de emergencia con facultades “para suspender a los jueces cuyo patrimonio no guardara relación con sus ingresos y para destruir a quienes, por ejemplo, hubieran adoptado decisiones que reflejaran un “manifiesto desconocimiento del Derecho”. En los meses siguientes, la comisión de emergencia destituyó cientos de jueces de sus cargos” (HRW, 2008:48).
Estas maniobras, que tuvieron un amplio nivel de aprobación popular inicialmente, motivaron asfixiantes niveles de provisionalidad de magistrados en ambos países. El año 2000 en el Perú, después de 8 años de intervención política, según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, más del 80% de jueces y fiscales tenían el status de “provisional” (Lovatón, 2003: 368). En Venezuela el resultado no fue diferente, pues como resultado de las destituciones de cientos de jueces de distintas jerarquías, a mediados de la década pasada “el 80 por ciento de los jueces venezolanos ocupaban cargos provisorios o temporales y, por lo tanto, conforme al derecho venezolano, podían ser destituidos sumariamente” (HRW, 2008: 61).
Debemos mencionar que ambos gobiernos dictatoriales se aseguraron de neutralizar a las más altas instancias del sistema de justicia cuando estas intentaron poner frenos constitucionales a sus actuaciones. En el caso peruano, por ejemplo, en el congreso se destituyó a tres de los siete miembros del Tribunal Constitucional (TC) por una supuesta usurpación de funciones, pero motivados realmente porque el TC resultaba un obstáculo para mantener vigente la Ley 26657, que manipulaba una interpretación del artículo 122 de la Constitución Política para permitir una segunda reelección de Alberto Fujimori. El número legal de miembros nunca fue completado a siete durante el fujimorismo. Previamente, el fujimorismo había promovido que la Ley Orgánica del TC establezca un quórum híper calificado para declarar la inconstitucionalidad de una norma (6 de 7 votos). Como el número de miembros nunca llegó a 6, el TC quedó en la práctica imposibilitado de ejercer este tipo de control de las normas (Lovatón, 2003: 364). En Venezuela el objetivo fue copar el Tribunal Supremo, equivalente a la Corte Suprema peruana, la cual cuenta con seis salas, entre ellas la constitucional, que asume la función de control de la constitucionalidad. Debido a algunas sentencias controvertidas del Tribunal Supremo (que tenía 20 miembros, en los que había un equilibro entre magistrados afines al oficialismo y la oposición), el gobierno decidió coparlo, para lo cual se emitió una nueva Ley Orgánica en mayo de 2004. Esta ley permitió ampliar el número de miembros en 12, dos para cada sala, y se estableció legalmente que el congreso podía destituir magistrados solo con mayoría simple con lo que se reemplazó a los tres magistrados más críticos. De esta manera el Tribunal Supremo quedo conformado esencialmente por magistrados muy allegados al gobierno (HRW, 2008: 52).
Existen otros aspectos más, como por ejemplo el referente a los mecanismos para nombramientos y destituciones de magistrados. En Perú se le fue arrebatando funciones al CNM, frente a lo que sus miembros renunciaron y fueron reemplazados. En Venezuela la función de nombrar y destituir jueces recayó en una “Comisión Judicial” del Tribunal Supremo, previamente intervenido (HRW, 2008: 61). Igualmente hay similitudes en el copamiento de los órganos de control administrativos, etc.
Incluso, debido a las interferencias, ambos países han sido sancionados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos por no cumplir con estándares de independencia e imparcialidad judicial por la destitución indebida de jueces, en relación a Perú: Caso de Magistrados del Tribunal Constitucional del año 2002, y en relación a Venezuela: Caso Apitz Barbera del año 2008.
Como puede verse, fujimorismo y chavismo no son realmente tan distintos cuando se les mira desde el prisma de la democracia. Ambos regímenes han intervenido de manera gradual en sus sistemas de justicia y en base a los mismos métodos. Además, Fujimori y Chávez han tenido nexos de complicidad entre sí.
¿Es correcto, entonces, que el miedo a la dictadura chavista empuje a nuestros ciudadanos a adherirse al fujimorismo? El fujimorismo montó y ejecutó todo un plan para intervenir el sistema de justicia, y en esa dinámica participaron muchas de las personas que ahora son muy allegados a la actual candidata Keiko Fujimori. Recordemos aquel vladivideo, en el que la cúpula fujimorista se encontraba reunida con Montesinos y éste afirmaba campantemente que ya tenían captados el Poder Judicial, el Ministerio Público, el TC, el CNM y el Jurado Nacional de Elecciones, y que para cuidarse las espaldas tenían que hacer que la reforma judicial durara indefinidamente para seguir interviniendo. Ante esto, la cúpula fujimorista asentía, incluyendo a gente tan visible como la recientemente electa congresista Luz Salgado y la dirigenta Carmen Lozada.
Referencias
Ellner, Steve. “Hugo Chávez y Alberto Fujimori: análisis comparativo de dos variantes de populismo”. Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, enero-abril de 2004, año/vol. 10, núm. 1, Caracas: Universidad Central de Venezuela, pp. 13-37.
Human Rights Watch (HRW). Una década de Chávez. Intolerancia política y oportunidades perdidas para el progreso de los derechos humanos en Venezuela. 2008.
Lovatón, David. “Cambios en el sistema de justicia y sociedad civil en Perú (1990-2002)”. En: Pásara, Luis y otros. Justicia y sociedad civil: el papel de la sociedad civil en la reforma judicial: estudios de casos en Argentina, Chile, Perú y Colombia. Buenos Aires: Centro de Estudios de Justicia de las Américas, 2003, pp. 353-371.
Tanaka, Martín. “El colapso de los sistemas de partidos, autoritarismo plebiscitario y los problemas de representación democrática: los casos de Perú y Venezuela”. 2004, Disponible en Internet, consulta: 27/04/11.
Zapata, Antonio. “Hugo Chávez y Alberto Fujimori”, La República, 13/04/2011.
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