domingo, 5 de noviembre de 2017

Qué se dice de los CLAP en el _Informe Anual PROVEA 2016_



PROVEA

* Extraído de la sección “Derecho a la alimentación” del mencionado Informe, que está disponible vía Internet en https://www.derechos.org.ve/web/wp-content/uploads/04Alimentacio%CC%81n.pdf.

De todas las acciones emprendidas por el Estado en materia alimentaria durante 2016, la consolidación de un sistema organizativo comunal para la administración de los alimentos básicos –controlado por el Estado, operado por el Estado y canalizado a través de los consejos comunales– es quizás la de mayor connotación por las implicaciones que se desprenden de ella.

De acuerdo con el artículo 2 del Decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica, los CLAP Comites Locales de Abastecimiento y Producción] serían responsables de “la garantía, incluso mediante la intervención de la FANB y los órganos de seguridad ciudadana, de la correcta distribución y comercialización de alimentos y productos de primera necesidad”[22].


Además de esto, acorde con lo expresado en el Artículo 9 del decreto[23], a los CLAP se les podrían atribuir si fuera necesario funciones de “vigilancia y organización para mantener el orden público y garantizar la seguridad y soberanía en el país”. En su conformación toman parte representantes de Unamujer, de las Unidades de Batalla Bolívar-Chávez, del Frente Francisco de Miranda y de los consejos comunales.

Al momento de su instalación, el Ejecutivo asignó 8.400 millones de bolívares para impulsarlos y creó luego un fondo especial para gastos de administración de 10 mil millones de bolívares para el “Fondo de Estímulo a los CLAP”[24]. A medida que avanzó su consolidación, a los CLAP se le asignaron nuevos financiamientos por el “Motor de Economía Comunal Social y Socialista”, y del Ministerio para las Comunas y Movimientos Sociales, lo cual denotaba el carácter cada vez más político y menos alimentario de su verdadera naturaleza.

El método de distribución establecido por los comités se basó en lo que llamaron “punto y círculo” para atender a las comunidades cercanas a los puntos de distribución (antiguas instalaciones de los mercados estatales Mercal). Esto ya comenzó a generar el rezago de familias que tenían más difícil acceso. El abastecimiento de los CLAP fue cubierto inicialmente con alimentos de la industria privada en forma flexible. Posteriormente, cuando la producción nacional fue cada vez más insuficiente, se reglamentó la asignación obligatoria de una cuota de hasta 50% de lo producido por estas empresas para ser vendida al Estado y abastecer los CLAP[25]. En las últimas etapas del año, fondos públicos fueron asignados a alcaldías y gobernaciones para que ellas importaran alimentos a tasa de cambio preferencial y con esto abastecer los CLAP. Esta medida comenzó a implementarse en gobernaciones con gobiernos del partido oficial como piloto.

A medida que avanzó el sistema, el contenido del paquete de alimentos fue cambiando dependiendo de la disponibilidad, y en los últimos meses incluyó alimentos que los beneficiarios estaban obligados a comprar si querían el resto de productos básicos. Entre estos alimentos accesorios estaban las salsas y carnes enlatadas que se contraponen a las campañas del Instituto Nacional de Nutrición y del mismo diseño de la GMAS por unos hábitos de alimentación autóctonos y sanos.

Al inicio las bolsas de alimentos tenían un precio promedio de Bs. 1.200. Seis meses después aumentó a Bs. 5.000, lo que supuso un alza de 317%. Al cerrar el año la bolsa costaba Bs. 10.000, un incremento de 733%. La inclusión de alimentos importados aumentó el costo de la bolsa, aunque se sabe que los grupos a cargo del abastecimiento compraron esos insumos con una tasa preferencial del 10 bolívares por dólar y referenciaron el costo final a una tasa de cambio del mercado paralelo.

Se hizo notar también la diferencia de precios de las bolsas de acuerdo con su composición. Las entregadas en los establecimientos de Mercal, con productos de la marca gubernamental CASA, costaron 4.500 bolívares (4
kg de harina de maíz, 2 kg de arroz, 2 kg de pasta alimenticia, 2 kg de azúcar, 2 kg de leche en polvo, 2 kg de caraotas y 2 litros de aceite). Las últimas entregas fueron casi en su totalidad de productos importados, algunos de ellos sin formar parte del patrón de alimentación del venezolano, hasta el punto de que por las redes sociales del sistema CLAP han tenido que dar recetas de cómo usarlos. La variabilidad en el contenido de la bolsa denota que el sistema nunca estuvo orientado por objetivos alimentarios.

Con la venta de alimentos importados, insuficientes y ultra-procesados, el Estado vulnera la Observación General N° 12 del CDESC de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación [26], que establece que el Estado debe prestar asistencia alimentaria de modo que se facilite la autosuficiencia alimentaria de los beneficiarios, y que la asistencia debe basarse en las necesidades previstas, ser sana y ser aceptables culturalmente para la población receptora. Se vulnera además la previsión del Pacto [27] que establece que los alimentos deban ser aceptables culturalmente y tener en cuenta los valores no relacionados con la nutrición, así como las preocupaciones fundamentadas de los consumidores acerca de la naturaleza de los alimentos disponibles.

No se publicó formalmente la cobertura que se aspiraba para los CLAP. Al inicio del año se mencionó que deberían llegar a 11 millones de venezolanos. Al final del año la meta propuesta era distribuir 2,6 millones de bolsas y llegar a los 6 millones en 2017. La meta tampoco es fácil de precisar porque se usa indistintamente las palabras bolsa, persona y familia para referirse a lo mismo. La cobertura fue creciente. En las primeras distribuciones se mencionó que se entregaron 1,6 millones de bolsas, 1,34 millones de bolsas en septiembre y aproximadamente 2,6 millones en diciembre. El número de grupos organizados comenzó en 500 en mayo y cerró en 21.000 grupos en todo el país. El contenido de cada bolsa fue, por el contrario, reduciéndose, de unas primeras entregas de aproximadamente 18 kg de alimentos a entregas de 10 a 12 kg al final del año.

Considerando que una persona debería consumir en promedio entre 1,8 a 2 kg de alimentos diarios, la duración estimada de cada entrega de CLAP sería suficiente para unos 6 a 10 días. El Estado, con esta previsión de los CLAP, vulnera la Observación General n° 12 del CDESC de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación[28] que indica que el pacto se viola cuando un Estado no garantiza la satisfacción de, al menos, el nivel mínimo esencial necesario para estar protegido contra el hambre.

A partir de octubre se impulsa una medida complementaria a los CLAP llamada “Plan de Abastecimiento Complementario” (PAC) [29] con productos importados que comienzan a venderse en “centros endógenos” manejados por el propio Estado. A este PAC se le asignó dinero público para importar alimentos y artículos de higiene y limpieza. El sobreprecio de los productos de los “centros endógenos” estaba entre 800 y 9.000% más que el precio de los productos nacionales regulados. Al final del año, pocos centros de distribución de este tipo quedaron operando.

Otra de las deficiencias y violaciones de los CLAP fue la exigencia de mostrar algún documento que acreditara su domicilio en el lugar bajo la gestión del consejo comunal específico. Es decir, el derecho a la libre obtención de los alimentos regulados en cualquier lugar del país se restringió por la imposibilidad de comprar alimentos básicos regulados fuera del área de residencia del consejo comunal en el que el beneficiario está inscrito.

En diciembre arrancó un Plan Especial de Fiscalización y Distribución de Alimentos de los CLAP [30] a nivel nacional. Su fin era fiscalizar las denuncias de irregularidades en los centros de distribución vecinal. A estos centros se les llamó “epicentros”. Los primeros reportes de este plan muestran unas 200 denuncias diarias. Las denuncias más frecuentes fueron la discriminación por razones políticas, la demora hasta 4 meses de distribuciones que se suponían serían 2 veces al mes, las exigencias de pagar por adelantado, el cobro de gastos operativos y la exigencia de comprar otros productos a precio no regulado para poder llevar lo básico.

En cuanto a su función productiva, los CLAP avanzaron con iniciativas a pequeña escala de producción de vegetales especialmente.

Los CLAP fueron promovidos como un canal en el que el Estado ejerce control mínimo y los consejos comunales control máximo, pero en la práctica estos consejos comunales no manejaron ni el poder económico, ni la libertad de elección del contenido ni la frecuencia de distribución que fue retenida por el Estado. Los consejos comunales quedaron relegados a una función tipo “economato” popular y con funciones añadidas de fiscalizarse a sí mismos y a los demás.

La militarización en el terreno de los CLAP generó una estructura con instancias llamadas “Centro de Mando” y “Estado Mayor de los CLAP”, lo cual da cuenta de una jerarquía y una línea de mando que pone en duda que este sistema de distribución sea una gestión verdaderamente autónoma de las comunidades.

Los alimentos que entregan los CLAP representan un subsidio indirecto con un alto costo y muy bajo resultado social, que además se ha desempeñado sobre la base de actores políticos y vecinales que no tienen la competencia para esas funciones del sistema alimentario. Los CLAP se consolidan entonces como una medida presentada a la población con el formato de “algo temporal contra el acaparamiento, la desviación de recursos y la especulación y la emergencia económica”, pero que eran en realidad una base organizativa y política del “poder popular” y la “economía comunal”, sin ser estos conceptos desarrollados en consenso nacional.

La preponderancia oculta que tenían los CLAP, para el desarrollo organizativo base del proyecto de un “Estado comunal”, eclipsó desde el inicio los objetivos alimentarios de los mismos. Se fueron convirtiendo en una estrategia política muy alejada del espíritu que los ciudadanos esperaban y necesitaban de ella. Freddy Bernal, jefe del Centro de Control Nacional de los CLAP, expresó: “Dicen que los CLAP son un instrumento del partido. No son un instrumento político, para hacer política en el alto sentido de la palabra” [31].

La formación de los CLAP se resume así en una delegación inconstitucional de funciones públicas desde el garante oficial del derecho a la alimentación, hacia el titular del derecho. Ubica al Estado en una posición de vendedor de alimentos que controla a una alta rentabilidad, y a los ciudadanos en la situación de controlarse y racionarse entre sí los alimentos escasos.

Los vicios jurídicos que el equipo de la ONG Acceso a la Justicia encuentra en los CLAP son los siguientes:

• No estar previstos en la Constitución, ni haber sido creados por una ley en sentido formal dictada por la Asamblea Nacional, a pesar de que se les otorgan funciones públicas (como lo establecen los artículos 137 y 156 de la Constitución).

• No estar respaldados por una norma jurídica que los regule. El decreto sobre su instalación no norma cómo se constituyen, ni quién los integra.

• El decreto que los instala le da competencias públicas inconstitucionales, como las de mantener el orden público sin regulación ni límites en la manera de ejercerlas.

• No son parte de la administración pública, ni del Estado y están manejados por grupos paraestatales de claro corte político partidista.

• En cuanto a las atribuciones en materia de vigilancia y control del orden público, su instalación viola el artículo 332 de la Constitución al no cumplir con ninguna de las características exigidas para un cuerpo de policía del Estado, ni de control del orden público ni de las garantías exigidas para la seguridad de los ciudadanos.

• Se promueve con ellos un monopolio de lo alimentario manejado por un grupo de ciudadanos con más poder que otros, solo por razones de ideología política. Esto se contrapone al principio constitucional de la igualdad de todos los ciudadanos.

• Al ir progresivamente subiendo el costo de las bolsas de alimentos e incluir en ellos productos importados en dólares, el manejo de los CLAP violaba la Ley de Precios Justos.

Además de estos aspectos jurídicos, los CLAP muestran las debilidades de:
• No tener criterios claros y estándares de asignación y contenido de las bolsas de alimentos.
• No haber estipulado mecanismos transparentes de auditoría y rendición de cuentas.
• Ser variables sus metas de cobertura y modificarlas según la disponibilidad de recursos del Estado.

Las denuncias de discriminación para la
venta de las raciones de alimentos por razones
políticas y las irregularidades en las que incurren las organizaciones paraestatales que manejan los CLAP, vulneran la Observación General n° 12 del CDESC de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación [32] que establece que “no se debe negar el acceso a los alimentos a determinados individuos o grupos, y que establece como falta del Estado no controlar las actividades de individuos o grupos para evitar que violen el derecho a la alimentación de otras personas”. Con los CLAP la población perdió la frecuencia y estabilidad de la oferta alimentaria, la capacidad de elegir qué comprar, la dignidad, participación y capacidad de comprar donde quieran. Éstos eran todos derechos que llegaron a respetarse, incluso, con los operativos de Mercal a cielo abierto.

La evolución de los CLAP a lo largo de 2016 devela –además de mucha ineficiencia y manejo violatorio del derecho a la alimentación– un gran fraude: comenzaron vendiendo alimentos con precios “justos” y terminaron
vendiendo alimentos importados, al margen de nuestra cultura y nuestros patrones de consumo, y dolarizados; comenzaron facilitando el acceso a los alimentos y terminaron vendiéndolos con pagos adelantados y cargando a los usuarios los gastos de distribución; fueron promocionados como una medida temporal debido a la emergencia alimentaria, cuando en realidad buscaban dar forma de organización e instalar las bases de defensa de la revolución. Erika Farías, exministra del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, señaló que los CLAP: “Son organizaciones de origen político, meramente revolucionarios. Nadie puede negarlo y debe ser así porque están dirigidos por la militancia del PSUV” [33]. Este esquema de distribución significa privar a 70% de la población de los alimentos básicos y al restante 30% de venezolanos (beneficiarios de los CLAP) privarlos de 80% de los alimentos que necesitan conseguir en cualquier mercado mientras no vienen los CLAP.

Notas

22. Decreto 2.323. Publicado en Gaceta Oficial n° 6.227 del 13.05.16, pp. 1-3

23. Ídem.

24. RNV. En línea http://bit.ly/28JouYr.

25. Resolución n° 010/16. Publicada en Gaceta Oficial n° 41.005 del 07.10.16, pp. 2-3.

26. Organización de las Naciones Unidas. CDESC. Observación General n° 12. El derecho a una alimentación adecuada. En línea http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2001/1450.pdf.

27. Organización de las Naciones Unidas. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En línea http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx.  

28. Organización de las Naciones Unidas. CDESC. Observación General 12. El derecho a una alimentación adecuada. [en línea] http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2001/1450.pdf-

29. VTV: “Plan de Abastecimiento Complementario busca erradicar a los «bachaqueros»”. Mariana Torrelles. En línea http://bit.ly/2f8Cktb.  

30. MINCI: “CLAP iniciará plan especial de fiscalización y distribución de alimentos el 15 de diciembre”. Beatriz Caraballo. En línea http://bit.ly/2qWZiWc.  

31. Noticiero Digital. En línea http://bit.ly/2qX5rBK.  

32. Organización de las Naciones Unidas. CDESC. Observación General n° 12. El derecho a una alimentación adecuada. En línea http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2001/1450.pdf.

33. YVKE Mundial: “CLAP han disminuido en 90% el bachaquerismo y la cola”. Ramdi Díaz. En línea


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