martes, 31 de enero de 2017

Venezuela: Sentencia del TSJ chavomadurista asegura impunidad a corrupción militar


La Izquierda Diario Venezuela

Una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia le ha otorgado a las propias Fuerzas Armadas una disposición en las cuales ellas mismas serán las que se autocontrolen al excluir a la Contraloría General de la República del rol de fiscalización sobre las empresas que manejan los militares, creando lo que se ha dado en llamar una verdadera caja negra en el sector militar. Si bien la sentencia es del 15 de diciembre del año pasado, había pasado desapercibida hasta que hace pocos días lo denunciara abiertamente el organismo Acceso a la Justicia, aunque había aparecido el 1 de enero una breve nota que pasara inadvertida en el diario El Universal.

De esta manera las empresas militares del Ministerio para la Defensa pasaron a ser objeto de control fiscal exclusivamente por parte de la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), retirando la atribución que hasta hace poco correspondía a la Contraloría General de la República, de acuerdo con la sentencia N° 1.421 que modifica completamente lo que hasta ahora es el control fiscal de todos los entes del Estado. En otras palabras, esta nueva sentencia el TSJ le quita la potestad de control a la Contraloría General de la República sobre los entes adscritos al Ministerio de Defensa, entre otros, de las empresas militares, y se lo da a la propia Fuerza Armada a través de su propia “Contraloría General”, a la que califica a estos efectos como un órgano “sui generis” para ejercer el control fiscal externo sobre esos fondos. Es decir, la sentencia establece que el Ministerio se “autocontrola” en su gestión empresarial.

Esta sentencia es producto de un recurso de interpretación de la Procuraduría General de la República, promovido por el gobierno, en la que se le solicita a la Sala Político Administrativa del TSJ que “se interpreten las funciones de control que ejerce la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, sobre las unidades de auditorías internas de los órganos y entes adscritos al Sector Defensa”. En el fallo, que fue aprobado por unanimidad, se estableció que “la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional es un órgano del Sistema Nacional de Control Fiscal, de rango constitucional, dotado de autonomía, funcional, administrativa, organizativa y presupuestaria, que ejerce, principalmente y por antonomasia, un control fiscal interno especializado” que tiene por misión vigilar el destino de los recursos asignados a “toda la estructura orgánica del Ministerio de la Defensa”, así como a los órganos, componentes y cuerpos que integran la FAN, esto es: el Comando Estratégico Operacional, los Componentes Militares (Ejército, Armada, Aviación Militar y Guardia Nacional), la Milicia Bolivariana, y las regiones militares.

La verdadera intención de esta solicitud era eliminar del control fiscal a las empresas del sector militar –una exigencia propia de los militares-, así como a todos sus entes que manejen recursos del Estado, que como sabemos cada vez son más y en sectores cada vez más estratégicos, como la Compañía Anónima Militar de la Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas (CAMIMPEG). Recordemos que esta compañía fue creada en febrero de 2016 y se oficializó con la publicación de la Gaceta Oficial número 40.845, tratándose de una empresa pública "militar" para realizar actividades que nada tienen que ver con el sector militar, como es el caso de las actividades de minería, petróleo y gas. Dentro del sector militar existen empresas públicas, cuyo mejor ejemplo es la "Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares" (CAVIM), la cual desarrolla la industria militar, y que tiene por objeto "la fabricación de armamentos, municiones, explosivos y cualquiera otro material o equipo de igual naturaleza que interese a los fines de la defensa nacional". Sin embargo, CAMIMPEG es una empresa pública dentro del sector militar cuyo objeto no se relaciona, directa o indirectamente con ese sector.

Buscando cubrir las apariencias, la sentencia del TSJ señala que la Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (COGEFANB) ejercerá la función de control interno respecto al Ministerio del Poder Popular de la Defensa; y por consiguiente la función de control externo sigue en manos de la Contraloría General de la República, establece una excepción relativa a los entes descentralizados adscritos a ese Ministerio, que es lo que precisamente origina el recurso interpuesto.

De acuerdo a Acceso a la Justicia, lo increíble de la sentencia es que admite que no existe norma legal o constitucional alguna que avale el otorgamiento de este control externo a la COGEFANB, pues sustenta su decisión en un artículo del Reglamento de la misma COGEFANB (Art. 17, num. 7) en el que el Contralor de la Fuerza Armada se auto otorga la “supervisión, evaluación, orientación y coordinación de las Unidades de Auditoría Interna de los entes descentralizados adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Defensa”, competencia que ni la Constitución ni la ley le otorgan. En pocas palabras el control de los recursos que provienen del Estado y todos los negocios que se realizan en las empresas militares queda enteramente en manos militares, permaneciendo fuera de todo otro tipo de control tal como el que ejerce la Contraloría General de la República en el resto de las empresas del Estado.

Como consecuencia de ello, al quedar el total control de las empresas militares en manos de la propia Fuerza Armada, se pone a las claras cómo queda realmente el verdadero negocio de los militares, sobre el cual no habrá ningún control salvo el de los militares mismos. Vemos así, cómo el chavismo en medio de su debacle, busca asegurarse el alto estamento militar, dándole grandes concesiones y el manejo de negocios de gran envergadura sobre los cuales no se tendrá control.

[Tomado de http://www.laizquierdadiario.com.ve/El-negocio-de-los-militares-se-elimina-el-control-sobre-las-empresas-de-las-Fuerzas-Armadas?id_rubrique=5442.]


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