domingo, 2 de septiembre de 2018

Revolución Bolivariana y Estado Cuartel en Venezuela


Luis Alberto Buttó

A partir de 1999, el pretorianismo se revistió con bases legales en Venezuela. En otras palabras, desde esa fecha, se legalizó la intervención militar en política. Ello ocurrió al borrarse los impedimentos formales y sustanciales establecidos en épocas anteriores para que dicha injerencia pudiera manifestarse y al dictarse emergentes textos legales que consagraron tal participación. La combinación de lo dispuesto en las normas jurídicas traídas a colación en este ensayo trocó a los integrantes del estamento castrense en actores políticos lícitamente reconocidos. Así las cosas, la legalización del pretorianismo abrió las compuertas para la autonomía de acción en materia política de los numerarios de la fuerza armada nacional, resquebrajando con ello el control civil democrático, elemento imprescindible para el sostenimiento de la democracia liberal representativa. En este contexto, aspectos cruciales de dicho control pasaron a ser competencia directa y exclusiva de la organización castrense; verbigracia, el proceso relativo a los ascensos militares, la formulación de la doctrina militar estratégica y la compra y uso de armamento, amén de los otros detallados en estas páginas.

Al propiciar el diseño e implementación del marco legal validador de la condición política de los militares venezolanos, la autodenominada revolución bolivariana blindó el derecho de aquéllos a escenificar las conductas correspondientes y facultó a la organización armada, más concretamente a sus órganos directivos, a devenir en factor crítico en última instancia determinante a los fines de garantizar la supervivencia en el tiempo del modelo de acumulación y desarrollo y del proyecto político históricamente asumido como pertinente por la élite dominante en Venezuela a partir de 1999.
 
Independientemente del prisma desde el cual se mire el proceso descrito, sus alcances se tradujeron en la configuración práctica de una incontrovertible realidad militarista, pues si algo caracteriza a ésta es el hecho de que la fuerza armada (o cuando menos los personeros con mando efectivo sobre los componentes en que se divide la fuerza armada y/o sobre las grandes unidades de combate) se erige en árbitro supremo de los conflictos generados por el acceso al poder político. Para decirlo con los términos exactos contenidos en el Diccionario de la Real Academia, lo militarista debe entenderse como ...«perteneciente o relativo al militarismo»... y éste se lee ...«preponderancia de los militares, de la política militar o del espíritu militar en una nación»...

Es decir, la entronización en el país de los militares como élite dominante o parte fundamental de la élite dominante; el predominio de las políticas públicas formuladas, dirigidas e implementadas por ellos; el darle carácter, espíritu o esquemas militares a los procesos colectivos en desarrollo (organización para contiendas electorales, organización para la convivencia en centros poblados, organización para el acceso a los bienes y servicios brindados por el Estado o el gobierno, etc.); así como también la expansión de la cosmovisión militar en todo el conjunto social. Aquí, de nuevo, el diccionario. La autodenominada revolución bolivariana militarizó la sociedad venezolana al cubrir cabalmente las siguientes acepciones del verbo: ...«dar carácter u organización militar a una colectividad»... y/o ...«infundir la disciplina o el espíritu militar»... La cotidianeidad pasó a discurrir entre toques de diana, especie de “adhan” recitado por nuevos almuédanos para convocar a la movilización de las masas.

En concreto, la consolidación como poder constituido del proyecto político coloquialmente llamado «chavismo», acarreó el resultado progresivo de la materialización efectiva de uno de los dos descriptores fundamentales de la aberración institucional denominada Estado Cuartel; a saber, la configuración de un régimen político donde los depositarios de las armas de la nación se erigen en grupo dominante de la sociedad al adquirir supremacía, sea ésta cuantitativa o cualitativa, en el manejo del Estado y/o del gobierno. Condición dominante que, huelga aclarar, implica el aprovechamiento de las ventajas socioeconómicas derivadas de tal realidad; por ejemplo, ejercer el control absoluto sobre múltiples e importantes empresas estatales, al punto de que la organización castrense se instituye en sí misma emporio empresarial de primera magnitud en el contexto económico general. (Para una explicación detallada de cómo, durante la vigencia de la autodenominada revolución bolivariana, la fuerza armada se convirtió en emporio empresarial, consúltese: Luis Alberto Buttó. «Unión Cívico-Militar: la falacia uniformada de la Revolución Bolivariana», en Luis Alberto Buttó y José Alberto Olivar (coordinadores). El chavismo frente al espejo. El rostro de la mentira. Caracas: Fundación Negro sobre Blanco Grupo Editorial, 2017.)


El cuadro reseñado obliga a la consideración de los aspectos axiológicos asociados, en especial por su vinculación con la posibilidad de que se produzca algún tipo de ejercicio democrático real. Las condiciones intrínsecas de la institución armada, derivadas del potencial de fuego acumulado y monopolizado, sempiternamente le otorgan capacidades indiscutidas para alterar el equilibrio de fuerzas requerido en la competencia por el control de las maquinarias estatal y gubernamental. Esto ocurre cuando los integrantes de esta institución, o por lo menos su plana directiva, actúan con base en motivaciones farisaicas y no profesionales; es decir, incurren en pretorianismo al decantarse por la actuación política.

Por consiguiente, es imperativo puntualizar que la legalización de la intervención militar en política, desarrollada en predios nacionales de 1999 en adelante, no proporcionó legitimidad alguna a la politización de la fuerza armada, pues tal legitimidad no puede entenderse a partir de las implicaciones jurídicas del proceso (acto ceñido a la ley), sino en sus connotaciones sociológicas; es decir, a partir de la comprensión de que al aceptar y/o respaldar la comunidad tal injerencia, se pone en entredicho la convivencia política al apartarla de la situación ideal donde, o se construye la mayor armonía posible, o se enfrenta el menor grado de conflictividad posible. Las leyes que sirven al mal, más allá de su formal vigencia, resumen despotismo y arbitrariedad. En este sentido, la edificación de una realidad tipo Estado Cuartel, aún estando sustentada en determinada arquitectura legal ad hoc, no puede considerarse legítima y demanda denuncia y rechazo sin reservas.

El segundo gran descriptor del Estado Cuartel, léase el uso desmedido, implacable y abiertamente ilegal de la fuerza por parte del Estado para mantener contenido el avance de la oposición política y enfrentar el descontento popular concretado en manifestaciones y protestas, se hizo tangible en Venezuela a partir de 1999, cuando la institucionalidad dominante asumió como propios y puso en práctica los postulados programáticos de la Doctrina de Seguridad Nacional; razón por la cual, cada vez que lo consideró necesario, conveniente y factible, concibió y trató bajo la categoría de enemigo interno toda expresión de desacuerdo y resistencia en su contra.

Con este proceder, se reafirmó la militarización de la sociedad emprendida con la implantación del marco legal propiciador del pretorianismo, en tanto y cuanto se le impuso carácter militar a la colectividad al resolver manu militari los conflictos políticos y socioeconómicos incubados en ella cuando estos no pudieron disiparse con mecanismos propiamente políticos (elecciones, referendos, negociaciones entre las partes, etc.). Ejercicio de la violencia que, como era de esperarse, siempre estuvo acompañada de la correspondiente expresión discursiva. En este sentido, es altamente ilustrativo que luego de lo ocurrido en abril de 2002, momento en el cual una masiva manifestación popular conllevó la destitución momentánea del presidente en funciones, el oficialismo jamás experimentó prurito alguno en advertirle a la comunidad nacional disponer de la organización y la capacidad de fuego suficientes para desbaratar cualquier situación parecida. Como se narró en páginas precedentes, estas amenazas se cumplieron al presentarse la ocasión.

Es igualmente significativo, en términos de comprobación del planteo anterior, el hecho de que en cada contienda electoral de las escenificadas desde la conquista del poder por parte de la autodenominada revolución bolivariana, el liderazgo de ésta, para favorecer su opción de triunfo, infundió temor en la población al señalar que la posible victoria de la oposición desembocaría en el estallido de una guerra civil. Dada la responsabilidad inherente a la realización de afirmaciones de tan grave tenor, lo menos que debió preguntarse la sociedad venezolana en su momento fue lo relativo a los escenarios previstos por dicho liderazgo en función de los bandos a enfrentarse en ese conflicto hipotético y lo relacionado con el instrumental a ser utilizado al respecto por la parcialidad gobernante, incluyendo su lado oficioso. Lo cierto del caso es que cada vez que se hicieron advertencias de este tipo se recurrió al ideario característico del Estado Cuartel, mediante el cual toda opción política es entendida como batalla potencial.

Amén de lo dicho, la aplicación de la Doctrina de Seguridad Nacional en Venezuela a partir de 1999, como basamento teórico del Estado Cuartel así edificado, encontró adecuada manifestación en la promulgación de textos legales encaminados a construir una sociedad donde los aparatos de inteligencia pasaron a operar sin restricciones como mecanismos dispuestos para la persecución y control político de la población y donde la vigilancia se instituyó norma para acusaciones anónimas y para la manipulación política en función de facilitar o denegar el acceso a los programas sociales desarrollados por el gobierno.

En síntesis, el «chavismo» convirtió al funcionariado castrense en actor político con sustento legal para asumir tal papel y le otorgó condición de preponderancia sobre otros factores sociales en este sentido. Igualmente, desde su arranque como proyecto político dominante, se dio a la tarea de reprimir con todos los medios posibles las actividades opositoras al considerarlas expresión de la presencia de enemigos internos actuantes en contra de la estabilidad del país, como manda el catecismo de la Doctrina de Seguridad Nacional. Sin menoscabar la importancia de otros indicadores contenidos en el constructo teórico, sólo con la constatación de ambos procederes se hizo pertinente y apropiado hablar de Estado Cuartel en Venezuela, como signo característico y producto directo de la autodenominada revolución bolivariana. Huelga decir, Estado Cuartel encarnado en los representantes de la fuerza y sostenido por ésta.

[Fragmento que recoge las conclusiones del texto de igual título incluido en el libro El Estado Cuartel en Venezuela, que en versión completa es accesible en http://www.unimet.edu.ve/unimetsite/wp-content/uploads/2018/05/El-Estado-Cuartel-en-Venezuela-pub-1.pdf.]


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